Las casi dos décadas en obras que suman los números 6 y 8 de la calle Príncipenúmeros 6 y 8 de la calle Príncipe, dos edificios de la Ciudad Vieja con la construcción avanzada pero que aún no tienen residentes, se han resuelto por la vía judicial con una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que obliga a la empresa promotora de la reforma y la ampliación a demoler los trabajos realizados hasta ahora y devolver los inmuebles a su estado previo. El fallo, que es recurrible ante el Tribunal Supremo, coincide con una orden del Concello de A Coruña, del año pasado, que establece por decreto el derribo de las obras y la restitución del "estado primigenio" de los edificiosderribo ; además, determina a la Xunta como administración que deberá imponer sanciones al promotor de la reforma.

Santiago Torres, el arquitecto y promotor de la obra, admite a este periódico que acata la sentencia del Superior pese a que tenga "más errores que palabras" y no va a recurrirla por la vía contencioso-administrativa, aunque pretende llevar la causa por el cauce penal a la Fiscalía para solicitar la "inhabilitación de funcionarios y arquitectos" responsables de algunos de los informes valorados por el Alto tribunal gallego. "Se ha creado una confusión descomunal en torno a esta obra", protesta.

El fallo de los magistrados es la respuesta al recurso contencioso-administrativo presentado por la comunidad de propietarios del edificio del número 2 de la calle Santo Domingo -perpendicular a la calle Príncipe-, que el TSXG ha estimado parcialmente. Los demandantes promovieron el recurso contra la Xunta y contra la entidad Iniciativas y Desarrollo Inmobiliario y Arquitectura (IDIA) tras oponerse a una resolución de marzo de 2013 de la Dirección Xeral de Patrimonio que declaraba que no se habían producido daños arqueológicos en los restos de una muralla medieval aparecida al inicio de la reforma ni infracciones ni responsabilidades administrativas por la presunta realización de actuaciones no recogidas en los proyectos de edificación y rehabilitación y, por lo tanto, sin ajustarse al régimen de protección y conservación del patrimonio cultural de Galicia.

El número 6 de la calle Príncipe cuenta con protección estructural y el número 8, integral. Las obras en estos dos inmuebles han mantenido largo tiempo enfrentados al arquitecto con la comunidad de propietarios del número 2 de Santo Domingo, integrada por vecinos relevantes -entre ellos el director de la Cámara de Comercio-, quienes han presentado reiteradas denuncias, recursos y diligencias judiciales, la mayor parte desestimadas, por unas actuaciones arquitectónicas que les quitan vistas al puerto coruñés, motivo por el cual han emprendido la batalla judicial. La aparición de los restos de un tramo de la antigua muralla medieval y la realización de trabajos no ajustados a la legalidad para los que se reclamó su corrección -unos se subsanaron, otros no- fueron otros contratiempos que han ido retrasando las obras durante casi veinte años.

Ahora el Superior, apoyado en informes de un arquitecto designado por la Xunta y de una perito judicial, determina que con las intervenciones no se han cumplido los criterios de protección estructural e integral y se han producido "daños arqueológicos y/o arquitectónicos a dos edificios catalogados que la Consellería de Cultura tiene competencia para sancionar". Algunos de los trabajos no autorizados realizados, como modificaciones en las cubiertas, cambios de volumen o adición de elementos, incumplen tanto el planeamiento urbanístico de 1998 -el actual se aprobó en 2013- como el plan de protección del casco histórico.

El TSXG añade, conforme a la Ley del Patrimonio Cultural de Galicia, que el departamento autonómico "habrá de ordenar la reconstrucción o demolición con cargo al Ayuntamiento" que hubiese otorgado la licencia para las obras. Tras un informe del arquitecto municipal, el Concello ordenó el año pasado el derribo de las obras ejecutadasderribo porque no se ajustan a la última autorización concedida en 2006 y la promotora, según recoge el fallo del Tribunal Superior, no impugnó esa resolución y tampoco cumplió la orden de reposición de la legalidad.

Los magistrados atribuyen además dolo o culpa al promotor de la reforma por no haber presentado, tras varios requerimientos, un proyecto de musealización de los restos de la muralla de la ciudad hallados, sino un "anticipo" incompleto de la documentación que se le solicitó que contiene "una declaración de intenciones" pero no una memoria de ejecución.

Por todo ello, el Superior estima parcialmente el recurso de los residentes propietarios en el número 2 de la calle Santo Domingo, anula la resolución de 2013 que no advertía infracciones ni responsabilidades administrativas en la reforma y obliga al arquitecto promotor a demoler el edificio y reponer los bienes protegidos a su estado anterior.

Santiago Torres denuncia que no ha tenido acceso a los expedientes técnicos y judiciales con los que el TSXG estableció su dictamen y que ahora aguardará por la sanción de Patrimonio antes de llevar la causa a la Fiscalía. El impulsor de la reforma defiende sus actuaciones y la calidad del proyecto y asegura no obstante que es "imposible materialmente" llevar a cabo la demolición de las obras "salvo que se cuente con mucho dinero" y que él carece ahora de financiación para ejecutarla. "Estoy a punto de perder el control de la operación", concluye el arquitecto.