La Compañía de Tranvías cree que dos dictámenes europeos pueden ayudarle en el litigio que mantiene con el Concello desde que el Gobierno municipal anterior decidió declarar caducada su concesión antes de 2024, la fecha prevista. Uno gira entorno a un pleito del Gobierno francés por la validez del contrato de las líneas de metro de la región de París hasta 2039. La Comisión Europea le negó la totalidad del expediente porque podría interferir en otro conflicto en curso, en este caso en Italia. El Tribunal de la Unión Europea le da finalmente la razón y los abogados de la concesionaria del bus urbano, especializados en derecho europeo, podrán analizar la documentación.

Un reglamento de la UE fija que las concesiones otorgadas sin concurso público „como es el caso de la Compañía de Tranvías„ deben considerarse caducadas al cabo de treinta años. El Gobierno local de Marea interpretó en 2016 que el contrato había caducado al haber transcurrido ya los tres decenios establecidos desde su firma en 1986, por lo que el 30 de noviembre decretó la continuidad de la concesión durante dos años mientras se consultaba este asunto a la Comisión Europea.

El acuerdo fue impugnado con Tranvías, iniciándose una maraña judicial con conexiones directas con otros conflictos similares en Europa. En noviembre de 2018, el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea „cuya misión es proporcionar al tribunal su opinión jurídica sin que esta sea vinculante„ se pronunció en torno a dos casos similares, sobre empresas de transportes en la Toscana y París, cuyas concesiones considera que podrían terminar en 2039 si sus contratos se lo permitieran. El letrado estima que el reglamento de la UE tiene que aplicarse con este efecto solo desde el 3 de diciembre de 2009.

Precisamente, la información se le negaba la Compañía de Tranvías porque estaba aún abierto el pleito de la Toscana y la Comisión Europea consideraba que la revelación del expediente podría interferir en la resolución de los procedimientos, que pretendía proteger.

Con la sentencia del Tribunal Europeo del 6 de febrero, se anula la decisión de la Comisión del 7 de junio de 2018 y le permite acceder a la documentación. La Comisión es obligada a cargar con sus costas y la quinta parte de las de Tranvías y Tranvías asume las otras cuatro quintas partes.