Condenado a un año de cárcel tras robar en un coche y dejarse una colilla con su ADN

El hombre forzó la guantera del vehículo en A Gramela y se llevó gafas y un GPS

La Audiencia Provincial ha ratificado una condena de un año de prisión para un hombre que cometió destrozos en un coche estacionado en la avenida de A Gramela en 2019 para robar varios objetos. Fue inculpado ya que se dejó dentro del vehículo una colilla y un mechero con su ADN, un elemento que, según ha ratificado la Audiencia, prueba que cometió el delito.

De acuerdo con el tribunal, los hechos ocurrieron entre las 22.15 horas del 20 de noviembre de 2019 y las 10.00 horas de la mañana siguiente. El acusado, con ánimo de “obtener un beneficio patrimonial ilícito” se dirigió a un Volkswagen cuyo propietario había dejado “debidamente estacionado” en la avenida de A Gramela y entró en él “sin que conste el modo”, ya que el coche no tenía daños en su parte interior. Una vez que accedió al coche, el hombre forzó la guantera, que estaba cerrada con llave, y la rompió.

Se apoderó de varios objetos que estaban en su interior: un navegador GPS, de marca TomTom, doce llaves, dos pares de gafas y un mando a distancia. Los objetos nunca fueron recuperados, y su valor se fijó en 325 euros, mientras que los daños en la guantera se tasaron en 77,44 euros.

El acusado negó la imputación, pero el juzgado de lo Penal número 5 de la ciudad lo condenó en junio del año pasado a un año de prisión, responsabilidad civil y costas, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas. Recurrió ante la Audiencia, alegando que había habido error en la valoración de la prueba e invocando el principio in dubio pro reo, que establece que en caso de duda se debe aceptar la versión más favorable a la persona que está siendo juzgada. En esencia, el hombre defendía que el ADN hallado en el mechero y la colilla no implicaba que hubiese robado el coche, y pedía ser absuelto.

Pero la Audiencia Provincial desestima sus argumentos. Para el tribunal, aunque “ciertamente el acusado no está obligado a demostrar su inocencia”, el condenado no ofreció “una explicación alternativa verosímil” a que se encontrase su ADN en el automóvil, y su defensa presentó “ explicaciones que ni siquiera alcanzan la condición de hipótesis alternativas”. La decisión de la jueza de primera instancia de condenarlo por el ADN es “lógico y no arbitrario”, indica el tribunal.