Comercio electrónico

Competencia recurre la 'tasa Amazon' de Barcelona por "distorsionar" el mercado

La tasa lleva en vigor desde este marzo, pero tiene su origen más de tres años atrás

Varias furgonetas de reparto aparcadas en una zona de carga y descarga en el centro de Barcelona.

Varias furgonetas de reparto aparcadas en una zona de carga y descarga en el centro de Barcelona. / RICARD CUGAT

Paula Clemente

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mueve ficha contra la 'tasa Amazon'. Esta tasa, formalmente conocida como TREC (Taxa de Repartiment de l'e-commerce), es una tarifa extraordinaria que puso a funcionar el Ayuntamiento de Barcelona a principios de este año para gravar la entrega de paquetes en casa siempre que procedan de una compra hecha por internet. Este organismo que vela porque las empresas que operan en España compitan en condiciones de igualdad ha anunciado este jueves que ha puesto un recurso contencioso administrativo contra esta tasa, precisamente, por distorsionar el mercado.

"Varias medidas de la Ordenanza obstaculizan la competencia e introducen distorsiones en los mercados de la distribución comercial minorista y en el mercado de la distribución postal", sostiene en un comunicado la CNMC, que apunta también que este movimiento llega después de mandar, en abril, un requerimiento al consistorio catalán explicando los elementos conflictivos.

El problema, de acuerdo con este argumentario, es doble. El primero radica en que la tasa grave el uso del espacio públco urbano para las entregas a domicilio solo si los productos se han comprado por internet. "No se aplica a las entregas a domicilio de bienes adquiridos en tiendas físicas o mediante venta teléfonica, ni a las entregas que no haga un operador postal, aunque se trate de una compra hecha mediante comercio electrónico", critica Competencia. Es decir, solo que la entrega la haga el dueño de un pequeño comercio con su furgoneta, este empresario esquivaría la tasa.

En segundo lugar, según el texto adopatado por el Pleno del Ayuntamiento de Barcelona, los operadores con una facturación anual menor a un millón de euros quedan exentos del gravamen. "Esa exención distorsiona la competencia y no está jusificada -sigue la CNMC-. Los estudios utilizados por el Ayuntamiento de Barcelona concluyen que no existe evidencia de que los operadores con una menor facturación utilicen menos el dominio público que los operadores con una facturación superior".

Ahora, la pelota queda en el tejado del Ayuntamiento de Barcelona, que tiene que decidir si responde de algún modo a este recurso. De momento, el consistorio se ha limitado a asegurar que la iniciativa "garantiza que las grandes empresas que hacen entregas masivas en la ciudad también se corresponsabilicen de las externalidades que generan con su actividad" y que "sirve para no generar desventajas competitivas con el comercio de proximidad de la ciudad". Además, recuerda que la ordenanza se aprobó por amplia mayoría del Consejo Municipal, pero no especifica como actuará ante el movimiento de la CNMC. De no hacerlo, este organismo seguirá hacia adelante con el procedimiento habitual en estos casos: se dirigirá a la Audiencia Nacional y, si no fuera suficiente, al Tribunal Superior.

Recorrido de la tasa

La tasa lleva en vigor desde este marzo, pero tiene su origen más de tres años atrás. Promovida por ERC y aprobada con el beneplácito de Barcelona en Comú, el PSC, ERC y C's, la idea era incentivar que las empresas priorizaran los puntos de recogida a la entrega de paquetes a domicilio y hacer que los grandes buques de la industria del reparto, aquellos que no generan actividad económica en la ciudad pero sí dejan huella negativa en forma de contaminación o entorpecimiento del tráfico, paguen un poco más por ello.

Por eso la tarifa se orientaba a los operadores que facturen más de un millón de euros, de los que apenas hay 25 identificados: Amazon el primero, con mucha diferencia, pero también DHLMRWSeurUPS o la propia Correos.

Antes que la CNMC, la Organización Empresarial de Logística y Transporte de España (ONU) ya impuso un recurso contra esta tasa y el consistorio que la promueve. El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) la admitió a trámite y el caso sigue su curso, pero rechazó tumbar el gravamen el tiempo que durara el proceso judicial argumentando que quedaba mucho hasta que los operadores tuvieran que abonar el primer pago: en la práctica, el 31 de julio de 2024.