Adiós al IVA: Hacienda da su brazo a torcer y pone fecha para revisar este impuesto
Por fin, llega a España el "régimen de franquicia" que ya está vigente en otros países
Olaya López Munuera
Después de cuatro años de negociaciones llegan buenas noticias para los trabajadores por cuenta propia en España: el Gobierno ha impulsado un acuerdo entre varias asociaciones de representantes de los autónomos (ATA, UPTA y UATAE), sindicatos (CCOO y UGT) y patronales (CEOE y CEPYME) con la Agencia Tributaria y la Dirección General de Tributos para ayudar a los pequeños negocios con distintas medidas, entre ellas, exhimirlos del pago del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Finalmente y según infroma el medio ABC, parece que se habría llegado a un acuerdo para liberar del pago del IVA a los pequeños autónomos mediante un plan para implementar un régimen de franquicia: una estrategia que ya siguen varios países de la Unión Europea y que busca aligerar los compromisos con Hacienda de los negocios más modestos.
El pacto al que se ha llegado entre distintas asociaciones contempla eliminar el pago del IVA a los pequeños empresarios que cumplan con estas circunstancias concretas, pero también dará acceso a distintas prestaciones a precios más asequibles para equilibrar su competitividad frente a grandes compañías.
Buenas noticias para los autónomos
Aunque todavía no existe fecha exacta para la puesta en marcha de estas medidas, se estima que se implementarán entre 2023 y 2027. El objetivo de este "régimen de franquicia de IVA" es que los pequeños trabajadores por cuenta propia puedan ofrecer sus servicios a un precio y condiciones más competitivas, para intentar equipararse a las empresas con más músculo y capacidad de negociar sus costes.
El acuerdo establecería que aquellos trabajadores por cuenta propia que facturen hasta 85.000€ (o 100.000€ si sus actividades son intracomunitarias) no tendrán que enviar la declaración anual de ventas, eximiéndoles de incluir el IVA en las facturas y reduciendo sus tareas burocráticas.
No obstante, los autónomos que cumplan estos requisitos tendán que presentar una declaración al año para justificar que tienen derecho a esta extinción. Por otra parte, también se ha puesto encima de la mesa que quienes se beneficien de esta "eliminación" del IVA no tengan derecho a deducirse gastos.
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