El TSXG avala el derecho a paro por otro empleo en la excedencia por cuidados
El tribunal defiende la conciliación de la mujer, a la que el SEPE pidió volver a su trabajo inicial
REDACCIÓN
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) avala el derecho de una trabajadora en excedencia por cuidado de hijo despedida de otro empleo temporal a cobrar el paro. Los jueces entienden que “ejerce su derecho a la conciliación” al no reincorporarse a la primera empresa, de la que está en excedencia, como pretendía el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), y desestiman el recurso interpuesto por el organismo dependiente del Ministerio de Trabajo contra la sentencia emitida en primera instancia por el Juzgado de lo Social número 6 de A Coruña. La trabajadora estaba en excedencia para el cuidado de hijo desde el 28 de octubre de 2022 e inició una relación laboral con otra empresa de trabajo temporal, que le extinguió su contrato el 27 de junio de 2023. En ese momento la trabajadora solicitó las prestaciones por desempleo que le fueron denegadas.
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