Vehículos que han sido dados de baja de manera temporal pero que siguen circulando por las carreteras españolas e incluso en el extranjero o que han sido convertidos en chatarra para vender sus piezas en el mercado negro. Son los llamados coches zombies que la DGT tiene en el punto de mira desde hace más de un año tras detectar un aumento de solicitudes de bajas temporales, lo que llevó al Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico de la Agrupación de Tráfico (GIAT) a indagar qué se escondía detrás. Para tratar de poner coto a este creciente fenómeno, Tráfico envió el pasado mes de noviembre cartas a los titulares de los turismos, camiones o furgonetas con baja temporal y esta misma semana ha implantado una reforma reglamentaria por la que fija en un año las bajas temporales. Hasta ahora no había límite y esta medida servirá para evitar el uso abusivo que hacían algunos talleres para esquivar la obligación de llevar un vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT) al final de su vida útil.

Las investigaciones abiertas por Tráfico sobre el aumento de bajas temporales confirmaron sus sospechas: transacciones al margen de la legalidad con vehículos que sus propietarios pueden creer desguazados y están aún en circulación, que hayan sido vendidos al mercado negro o incluso que los propios titulares han dado de baja temporal el turismo o el camión para rematricularlos en el extranjero. Se trata de infracciones administrativas por fraude de ley.

En sus pesquisas, los equipos del GIAT Central en Madrid también detectaron empresas de transporte que han dado de baja su flota de camiones en España para llevarlos a países del Este. Allí los rematriculan y los dan de alta para la misma compañía. ¿El objetivo? En países como Rumanía o Bulgaria los requisitos de transportes son menos exigentes y la mano de obra más barata. Con lo cual, despiden a la plantilla en España y operan desde el extranjero.

Con este modus operandi actúan empresas del Levante, sobre todo de Murcia y Alicante, que realizan transportes a Galicia. Esta operación es legal, pero ahora Tráfico fijará en un año las bajas temporales para controlar estos casos, pero en especial los de aquellos vehículos que siguen circulando sin poner fin a esa situación o que son enviados al desguace para vender sus piezas en el mercado negro. La mayoría de estos últimos, sin conocimiento de sus propietarios.

Con la reforma, el departamento que dirige Pere Navarro se propone evitar el “uso abusivo” de la baja temporal, que exime del pago del impuesto de circulación, la ITV y el seguro. Los datos hablan por sí solos: desde 2004 se han duplicado este tipo de bajas en el conjunto del país, pasando de 60.982 a más de 132.000 en 2019, según los últimos datos disponibles.

Pasado el plazo de un año, si el titular no ha solicitado una prórroga, el modelo volverá a estar en situación activa, generando las obligaciones administrativas y fiscales que correspondan, tales como el pago del impuesto de circulación. La prórroga podrá solicitarse en la Jefatura de Tráfico como máximo dos meses antes de la fecha de finalización de la baja temporal.

Otra de las novedades que recoge la reforma es la obligación de superar una ITV en aquellos vehículos que han sido declarados siniestro total por las compañías aseguradoras y en los que, posteriormente, su titular pretenda continuar circulando con él o ser transferidos a otra persona. Esta inspección debe superarla con fecha posterior a la declaración del siniestro.

En caso de querer trasladar un vehículo a otro país donde vaya a ser matriculado, se deberá materializar la salida de España en los siguientes tres meses desde la anotación de la baja en el registro de vehículos de DGT.

En caso de que se superen los tres meses y exista constancia de que el vehículo continúa circulando en España, se procederá de oficio a darle nuevamente de alta en el Registro de Vehículos.

Si el vehículo a exportar tiene más de cuatro años desde su primera matriculación o por accidente u otra causa ha sufrido un daño importante que pueda afectar a algún elemento de seguridad, deberá pasar una ITV ante de ser dado de baja definitiva por traslado a otro país para verificar que sigue cumpliendo los requisitos para circular y no se trata de la exportación de residuos.

También se prevé como novedad la posibilidad de anotar de oficio la baja definitiva de los vehículos, que no hayan estado asegurados o hayan superado la ITV durante los últimos diez años. La norma contempla asimismo la posibilidad de que los Centros Autorizados de Tratamiento, previa autorización de la DGT, cedan los vehículos al final de su vida útil dados de baja definitiva a instituciones dedicadas a la formación, investigación en automoción o para trabajos de protección civil o simulacros.