El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó este mes de mayo una sentencia que acorrala a Audasa, concesionaria de la AP-9, afirma la asociación de consumidores En-Colectivo. La sentencia establece que cuando un contrato del que es titular una sociedad pública se transmite a otro operador independiente de la Administración, requiere la convocatoria de una licitación ya que constituye un cambio de las condiciones fundamentales del contrato. El colectivo considera que esa resolución sobre una concesión en Italia podría ser de aplicación en el caso de la AP-9.

Se da la circunstancia de que cuando el Gobierno concedió las prórrogas a la concesión sobre la Autopista del Atlántico (en 1994 y 2000), las acciones de Audasa eran propiedad del Estado. Sin embargo, poco después de conceder la segunda —que comenzará en 2023 y se alargará hasta 2048—, “la Administración estatal vendió las acciones de Audasa a capital privado”, recuerda la asociación. Entienden que este cambio de titularidad de manos públicas a privadas en 2003 es un cambio de las condiciones esenciales del contrato, por lo que requeriría la convocatoria de una nueva licitación “abierta a todo licitador que quisiese concurrir para gestionar la concesión de la AP-9”.