Galicia reduce de 24 a 12 horas el tiempo para poder realizar un entierro
Regulariza los ritos musulmán y judío para poder inhumar un cuerpo sin féretro
REDACCIÓN
La Xunta reduce en Galicia el plazo para enterrar a 12 horas tras el deceso, en lugar de las 24 actuales, y regulariza los enterramientos por los ritos musulmán y judío, que hasta ahora no podían realizarse en la comunidad gallega.
El Consello del Gobierno autonómico aprobó ayer un decreto para regular la sanidad mortuoria en la primera reunión desde el día 3 tras el parón vacacional del equipo presidido por Alfonso Rueda.
La nueva norma, que actualiza la vigente desde 2014, permitirá el entierro sin féretro para permitir que se realice en contacto con la tierra para respetar así el “derecho a la libertad religiosa”, si bien será necesario para ello la conformidad de la entidad titular del cementerio donde se vaya a realizar la inhumación.
El texto también recoge un reconocimiento competencial de los ayuntamientos y diputaciones para abrir cementerios u ofrecer actividades funerarias.
La Xunta facilitará la regulación de cementerios preexistentes. En el caso de los de nueva apertura, se faculta a los ayuntamientos a conceder las licencias para ello.
El Ejecutivo destaca que la instalación de crematorios se prevé “preferentemente” en suelos de uso industrial, con un edificio independiente y exclusivo para servicios funerarios. Se determina un perímetro de 200 metros desde su chimenea en el que no podrá haber zonas residencias, centros o residencias de mayores, sanitarios o educativos, parques infantiles, instalaciones deportivas y similares.
Por primera vez, la comunidad impulsará la creación de un censo de empresas de servicios funerarios, que obligará a las empresas del ramo a registrarse, mediante una declaración responsable, según informó ayer el Ejecutivo autonómico mediante un comunicado.
“La nueva regulación también da respuesta a la necesidad de reducir el control administrativo preexistente, optando por una intervención más limitada, centrada en aquellos aspectos exclusivamente sanitarios derivados de la actividad funeraria, al tiempo que mantiene plenas garantías en la protección de la salud pública”, alega la Xunta.
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