El Constitucional admite a trámite el recurso del Gobierno y suspende artículos de la ley gallega del litoral

Edificaciones en la línea de costa.

Edificaciones en la línea de costa. / Marta G. Brea

Agencias

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite en su Pleno de este martes el recurso del Gobierno contra los artículos 10 y 11 y la disposición transitoria primera de la ley gallega de acompañamiento a los presupuestos para 2023 --Ley 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas-- y suspende estos preceptos relativos a normativa de costas.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 25 de septiembre presentar recurso de inconsticionalidad contra estos artículos al no alcanzarse acuerdo en la Comisión Bilateral con la Xunta, que ahora admite a trámite el TC. Paralelamente, está pendiente que el Constitucional también se pronuncie sobre la admisión a trámite del recurso del Gobierno contra la ley gallega de litoral de julio de 2023.

En concreto, los artículos 10 y 11 y la disposición transitoria primera de la ley de acompañamiento limitan a un plazo de 15 años el plazo de obligación de restitución de obras ilegales en zona de dominio público marítimo-terrestre y abre la puerta a su regularización tras ese periodo, lo que choca con la legislación estatal.

El Gobierno alega que los citados artículos podrían vulnerar las competencias del Estado para la determinación del régimen jurídico del dominio público marítimo-terrestre (artículo 132.2 de la Constitución) y la legislación básica en materia de protección del medio ambiente litoral (art. 149.1.23ª).

En los preceptos suspendidos se recoge el "ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia para la reposición de la legalidad en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre" y la "prescripción de la obligación de restitución o reposición de la legalidad por infracciones reguladas en la normativa en materia de costas cometidas" en dicha zona.

Los magistrados también han acordado, a petición del Ejecutivo, suspender la aplicación de los preceptos recurridos, desde la fecha de interposición del recurso (28 de septiembre de 2023) para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para los terceros.