La Opinión de A Coruña

La Opinión de A Coruña

El Superior avala las tasas que impuso Arteixo a Naturgy entre 2015 y 2018

El Alto Tribunal ratifica el fallo de primera instancia y confirma el cobro de 106.500 euros por ocupación del dominio público

Torreta de alta tensión en Monticaño. | // MONCHO FUENTES

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado el recurso de Naturgy contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de A Coruña que dio la razón al Concello de Arteixo y avaló las tasas impuestas por la ocupación del dominio público municipal durante los ejercicios 2015, 2016, 2017 y 2018. Los cobros ascendían en total a 106.546 euros.

El Alto Tribunal avala la sentencia que dio la razón íntegramente al Concello de Arteixo y confirma las tasas y la liquidación de la relativa a la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público de las instalaciones de energía eléctrica, gas e hidrocarburos mediante un fueloducto para el suministro de la central térmica de Sabón entre 2015 y 2018.

Los jueces imponen las costas a Naturgy hasta un máximo de mil euros. El fallo puede recurrirse aún en casación ante el Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo ya rechazó en 2017 el recurso interpuesto por Gas Galicia, Unión Fenosa y Red Eléctrica contra la ordenanza que rige este impuesto, que obliga a las empresas a abonar al ente municipal una cantidad según los metros cuadrados que utilicen tanto en el subsuelo como en el aire —canalizaciones o tendidos—.

Tras oponerse a la ordenanza, Naturgy y Red Eléctrica recurrieron en 2019 la liquidación tributaria de la tasa. Como ya informó este diario, las compañías se opusieron alegando que se incurría en una “doble imposición” tributaria y que los criterios del Concello eran “desproporcionados” y “carentes de transparencia”.

Compartir el artículo

stats