La Opinión de A Coruña

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Calvelo sostiene que Urbanismo cree que actuó “perfectamente” con la gasolinera de Arteixo con orden de derribo

Un juzgado anula el permiso de la estación de servicio de Petroprix | El PSOE quiere conocer si el fallo tendrá algún coste económico

Gasolinera de Petroprix Carlos Pardellas

La sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 de A Coruña que ordena la “demolición de lo edificado” en la gasolinera de Petroprix, en la parcela de Gundín, al haber quedado anulado el permiso concedido por la Xunta tuvo protagonismo en el último pleno municipal del Concello de Arteixo. El alcalde, Carlos Calvelo, tras una pregunta formulada por el PSOE sobre la situación de la estación de servicio, aseguró que “el departamento de Urbanismo está convencido de que está administración obró perfectamente y que no tiene medios para decir y cuestionar que el colegio de ingenieros técnicos industriales con un proyecto visado no tiene validez para poder ejecutarlo”.

El motivo de la anulación de la autorización de la estación de servicio radica, según el fallo judicial, en que “los ingenieros técnicos industriales con especialidad en electrónica no tienen competencia para proyectos de instalación de distribuidoras de productos petrolíferos a particulares”, frente a los graduados superiores. El pleito lo inició la Asociación Provincial de Estaciones de A Coruña, que recurrió contra la resolución de la Consellería de Medio Ambiente por la que se dio luz verde a la declaración de incidencia ambiental de la actividad y apertura de la gasolinera.

El regidor explicó que el permiso “se anula por un efecto dominó que nace en una guerra entre dos colegios profesionales, no es que el Ayuntamiento sea incompetente, ni que los técnicos den licencias irregulares”. Además, indicó que la disputa se produce entre los “ingenieros industriales y los ingenieros técnicos industriales”. “Los primeros denuncian que los segundos no son competentes para firmar proyectos de gasolineras”, aseguró Calvelo.

Ante esta sentencia, el alcalde señaló que el Concello va a presentar un recurso contra el fallo del juzgado porque quiere “que la justicia dictamine exactamente quién es el competente para estas licencias” y pidió que se ponga una solución a esta disputa. “Que no metan las denuncias continuas entre colegios en un trámite de la administración porque nos están haciendo perder el tiempo y metiendo en problemas a los propietarios y a los técnicos”, afirmó. También anunció que el Gobierno local ha mantenido conversaciones con los responsables de Petroprix “para que presenten la documentación por el colegio competente y se vuelva a tramitar de nuevo expediente regularizado”.

El PSOE llevó este asunto al pleno debido a que considera que los vecinos necesitaban conocer “si el Concello ha presentado el recurso anunciado” contra el fallo del juzgado y si las arcas municipales deberán asumir algún coste “por el error en la concesión de la licencia”.

La sentencia, emitida por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de A Coruña, establece que la demolición debe ejecutarse “en el plazo de dos meses” y que en caso de que “no se llevase a cabo” se realizará a costa de la Administración, condenando” al Ejecutivo autonómico y a las codemandadas, Concello de Arteixo y Petroprix Energía, “a pasar por tales declaraciones, todo ello con expresa imposición de las costas a la Administración recurrida”.

El Ejecutivo municipal ya había confirmado la pasada semana que solicitará “a los colegios profesionales que representan a los ingenieros industriales y a los ingenieros técnicos industriales —titulaciones que se diferencian por el número de años cursados pero de la misma disciplina profesional— que aclaren qué proyectos pueden visar y cuáles no debido a las sentencias contradictorias que se están produciendo sobre su competencia profesional para elaborar proyectos de construcción de gasolineras”. Un visado es un acto de control realizado por los colegios profesionales mediante el cual se comprueba la adecuación de cualquier tipo de proyecto o trabajo profesional de un colegiado a la normativa general o corporativa que lo regula, así como el cumplimento de los requisitos de su autor para suscribirlo.

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