El jurado declara culpable de asesinato al acusado por el crimen de Oza-Cesuras

En un veredicto unánime, considera que también es autor de los delitos de allanamiento y tenencia ilícita de armas

El abogado defensor recurrirá la decisión del tribunal popular

Adrián G. Seoane

Un jurado popular ha considerado culpable de asesinato, allanamiento y tenencia ilícita de armas al hombre acusado de ejecutar de un disparo en la nuca a una mujer de 33 años que se encontraba en su domicilio de Porzomillos, en Oza-Cesuras, el 15 de enero de 2021. El abogado defensor anunció que recurrirá el dictamen de culpabilidad del encausado, Alberto S. P. Según su versión, fue un tal Paolo, alias El Portu —un supuesto delincuente a quien Alberto conoció en un narcopiso de Meicende— quien apretó el gatillo. El tribunal no creyó esta versión y ahora será la jueza la que dictamine la pena.

Tras la lectura del veredicto, que el acusado escuchó impasible, la Fiscalía reiteró las penas de prisión que ya había exigido con anterioridad: 25 años por asesinato, tres por tenencia ilícita de armas y uno por allanamiento, es decir, 29 años de cárcel en total. El Ministerio Público también subrayó la “intencionalidad, maldad y planificación” de Alberto S. P. a la hora de cometer el crimen. Por su parte, la acusación particular solicitó una condena de 35 años de prisión por los mismos delitos, aunque en un principio había demandado prisión permanente revisable. Ahora será la jueza la que dicte sentencia y determine qué pena imponerle al procesado por los delitos que el jurado popular ha considerado probados.

El asesino, de 52 años de edad, camionero de profesión, casado y con dos hijos, ya contaba con antecedentes penales por robo con intimidación. Reconoció que acudió a la vivienda de la víctima expresamente para robar —por este hecho su abogado pedía tres años de prisión por un delito de robo en grado de tentativa— pero que él no disparó el arma homicida, sino el mencionado Paolo; pero tanto los testigos oculares como los testimonios de la Guardia Civil y las pruebas de ADN —además de otros numerosos indicios— apuntan a una sola persona presente en el lugar de los hechos Alberto S. P.

Los motivos detrás del crimen

El asesinato no fue fortuito, ya que Alberto conocía a la víctima: era la mujer de un compañero de trabajo de su esposa. Hacía un par de años, sus respectivas parejas habían mantenido una relación más que estrecha, tal y como atestiguan los números mensajes de Whatsapp que intercambiaron durante unos meses. Sin embargo, según la versión del marido, la relación nunca llegó a consumarse y esta terminó abruptamente cuando se enteraron sus respectivas parejas. Tras la ruptura, la mujer del asesino denunció al marido de la víctima por acoso sexual y laboral.

En el momento del crimen la esposa del asesino se encontraba de baja por ansiedad. Quince días antes, la empresa en la que trabajaba había decidido archivar su denuncia por acoso. Además, se enfrentaba a una petición de despido por bajo rendimiento y mal comportamiento cursada por la coordinadora de su sección, que era la madrastra de la fallecida.

El día del asesinato, Alberto S. P. hizo una vida completamente normal a lo largo de la mañana: llegó del trabajo a las 07.00, fue al súper con su esposa, hizo la comida y acudió a su cita con Aclad (Asociación Ciudadana de Lucha contra la Droga), que hacía un seguimiento de su drogodependencia —él mismo afirmó en el juicio que se gastaba entre 1.500 y 2.000 euros al mes en heroína y cocaína—. A las 16.00 horas salió de su casa “sin dar explicaciones” y sin móvil, paró en una armería, compró unos grilletes y se dirigió a la vivienda de Porzomillos, donde asesinó a la mujer.