Intervención cuestiona el pago de las horas extras al personal municipal de Arteixo
Ha emitido un reparo suspensivo por el “incumplimiento” de la normativa en materia de gratificaciones extraordinarias | El Concello lo ha levantado y aprobado las nóminas
El interventor del Concello de Arteixo ha puesto un reparo suspensivo al pago de las nóminas del mes de diciembre de los trabajadores municipales, una situación que se ha venido repitiendo durante los últimos meses. Este tipo de reparo se emite cuando el departamento de Intervención observa que se han omitido trámites esenciales, aunque el regidor tiene la potestad de levantarlo a través de una resolución de Alcaldía, si considera que no ha habido irregularidades. Así ha sucedido en esta ocasión, ya que el alcalde de Arteixo, Carlos Calvelo, finalmente ha aprobado las nóminas de diciembre.
Intervención sustenta el reparo en “el incumplimiento de la normativa en materia de gratificaciones por servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada laboral”, es decir, el Concello no habría seguido los cauces administrativos apropiados para el pago de las horas extras. Este incumplimiento vendría dado por “no contar con la previa autorización exigida en las bases de ejecución del presupuesto”, lo que podría dar lugar a “la nulidad” del acto administrativo.
Además, el interventor indica que el Concello no habría regularizado la nómina de una trabajadora municipal “respecto de su nivel de complemento de destino” y que no se habrían justificado los pagos de la matrícula de los cursos de educación vial organizados por la UNED (Universidad Nacional de Educación a Distancia) dirigidos a los efectivos de la Policía Local. Intervención concluye su informe señalando otra irregularidad más, “la falta de los contratos laborales del personal del taller de empleo”.
La versión del Concello
A pesar de estas observaciones, el Concello ha decidido levantar el reparo con base al informe emitido por la técnica de Personal y Recursos Humanos del Ayuntamiento. En lo relativo a “la inexistencia de documentación justificativa” para la realización de las horas extras, la técnica puntualiza que en el expediente de nóminas figuran “no solo el informe del superior jerárquico sino el informe firmado por los propios trabajadores”. También constata “la existencia de crédito adecuado y suficiente en las correspondientes partidas presupuestarias” para el pago de las gratificaciones.
En cuanto a la regularización de la nómina de la trabajadora municipal, el informe señala que se ha procedido al reconocimiento de los trienios, pero aún no al de los atrasos, dado que la trabajadora desempeñaba un puesto superior al actual en otro Ayuntamiento de la comarca, por lo que “se requerirá informe específico”. Este último reconocimiento podría producirse de oficio “en las siguientes mensualidades”. Respecto a los cursos de educación vial y los contratos de la escuela taller de empleo, la técnica asegura que se subsanarán las “insuficiencias” detectadas por Intervención. El informe indica que la “máxima celeridad” con la que se realizó el proceso selectivo para la escuela, “en apenas tres días hábiles”, es la razón que justifica que los contratos correspondientes no se hayan incluido en el expediente. Estos se incorporarán próximamente tras “los trámites de firma legalmente procedentes”, afirma la técnica.
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