Oleiros deberá asumir los daños causados por la caída de un árbol de una finca privada sobre una edificación

El Concello alegó sin éxito que debía responsabilizarse de los arreglos el propietario de los terrenos | La Justicia reduce la indemnización de 42.800 euros solicitados a 19.240 euros

A. P.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de A Coruña que condenó al Concello de Oleiros a indemnizar al propietario de una edificación por los daños provocados por la caída de un árbol de una finca colindante.

El Alto Tribunal confirma el fallo sin entrar en el fondo del asunto, dado que el importe de la indemnización que deberá desembolsar el Ayuntamiento, 19.249 euros más intereses, es inferior al mínimo que establece la legislación para poder interponer un recurso de apelación (30.000 euros).

El Concello de Oleiros alegó sin éxito que no le correspondía asumir el arreglo de los desperfectos provocados por el derrumbe del árbol dado que, subrayó, se trataba “claramente” de daños imputables a un tercero, ya que ni el ejemplar ni la finca en la que se ubicaba eran de titularidad municipal, sino de un particular.

El Ayuntamiento oleirense defendió en la vista que había cumplido con su responsabilidad al abrir un expediente a instancias del afectado, que presentó una denuncia por el mal estado de la finca hace diez años. “El Ayuntamiento tramitó el correspondiente expediente concluyendo que la finca no es de titularidad municipal, desconociéndose los dueños, aquietándose a esta situación el demandante, que no ejercitó ninguna acción hasta la reclamación de responsabilidad patrimonial que da origen al presente procedimiento más de diez años después”, alegó el Consistorio.

El Concello admite que ostenta una responsabilidad subsidiaria en este caso, pero defendió que no procedía condenar a la Administración y eximir de responsabilidad “a la persona que legalmente tiene el deber de conservación y mantenimiento de los árboles y demás biomasa”, el alusión al propietario de la finca.

El juzgado de primera instancia rechazó el alegato y estimó parcialmente la demanda del propietario de la edificación que sufrió los daños contra la desestimación, primero por silencio y después de forma expresa de la reclamación patrimonial formulada en 2021. El juez redujo con todo el importe de la indemnización, que el afectado cifraba en 42.808 euros y que ascenderá finalmente a 19.249 euros. El Alto Tribunal ha ratificado ahora el fallo, contra el que solo cabe un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Condena a Arteixo

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de A Coruña ha condenado al Concello de Arteixo a indemnizar a un particular y una compañía de seguros por los daños causados por la rotura de una tubería de la red municipal de suministro de agua en la calle Costa Rica.

El juez reconoce en sentencia firme el derecho de los demandantes a percibir, respectivamente, 5.041 euros y 5.760 euros por los desperfectos provocados por esta inundación en un vehículo.

El Concello de Arteixo rechazó por silencio administrativo esta reclamación de responsabilidad patrimonial. La Junta de Gobierno Local acordó el pasado mes quedar enterada de la sentencia, ya firme, y proceder al desembolso.

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