Investigado un vecino de Miño por conducir en sentido contrario dos veces en un día

Un agente de la Guardia Civil de Tráfico.

Un agente de la Guardia Civil de Tráfico. / LOC

Un vecino de Miño está investigado por la Guardia Civil después de conducir en sentido contrario en dos ocasiones a lo largo de un mismo día. Las autoridades agradecen la colaboración ciudadana para identificar a esta persona, acusada de dos presuntos delitos contra la seguridad vial.

El sector de Tráfico de la Guardia Civil tuvo conocimiento de estos hechos a raíz de las llamadas realizadas por otros conductores. Los agentes del Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT) recibieron el aviso de la circulación de un vehículo en sentido contrario por la autovía AC-12 a su paso por Oleiros. Esto ocurría alrededor de las ocho de la mañana y fue el conductor de un camión quien alertó de que un turismo circulaba en sentido contrario. Este testigo indicó que, aunque trató de esquivar al vehículo kamikaze, el turismo impactó por raspado con su vehículo y a continuación siguió la marcha sin detenerse, por lo cual este afectado no pudo precisar ni la marca ni el modelo del coche.

Ese mismo día, más tarde, sobre las 19:00 horas, el sector de Tráfico de la Guardia Civil recibe varias llamadas de usuarios de la autopista AP-9F --ramal a Ferrol-- que circulaba en sentido contrario a la altura de la localidad de Guísamo (Bergondo) sin que tampoco esta vez los testigos pudieran precisar claramente los datos para su identificación.

La Guardia civil inició entonces una investigación para la identificación y localización del vehículo y de su conductor. Los agentes del GIAT, tras el análisis exhaustivo de la información recabada, consiguieron la identificación plena del vehículo y del conductor implicado, y verificaron que en ambas ocasiones se trataba del mismo conductor con el mismo vehículo.

Este hombre está investigado como presunto autor de dos delitos contra la seguridad vial.

El sector de Tráfico de la Guardia Civil de Galicia recuerda que este tipo de delitos están tipificados en el artículo 380 del Código Penal, “el que

condujere un vehículo a motor o ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas, será castiga con las penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años".