La sentencia en la que el Tribunal Constitucional avala el matrimonio homosexual -conocida íntegramente ayer- argumenta que este es "un derecho constitucional" de todos y que una lectura "evolutiva" de la ley fundamental implica que el matrimonio heterosexual no es el único "constitucionalmente legítimo". La sentencia argumenta que una interpretación de la Constitución como un "árbol vivo" ha llevado al alto tribunal a concluir que la ley del matrimonio homosexual, contra la que recurrió el PP, no "desnaturaliza" esta institución.

Eso sí, dos de los magistrados que se mostraron en contra, Andrés Ollero y Ramón Rodríguez Arribas, consideran que para aprobar el matrimonio homosexual en España es necesario modificar la Constitución. Por su parte, Manuel Aragón formuló un voto particular concurrente, es decir, que está de acuerdo con el fallo pero no con la fundamentación jurídica del mismo.