El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha respaldado las últimas restricciones que la Xunta ha impuesto en Galicia hasta el próximo 18 de enero. Así pues, ampara la prohibición de las reuniones entre no convivientes tanto en espacios públicos como en domicilios entre las tres y las seis de la madrugada en toda la comunidad.

Además, la sección tercera de la Sala de lo contencioso-administrativo también avala la ampliación a todo el horario de apertura de locales hosteleros la obligatoriedad de presentar el certificado COVID o una prueba diagnóstica negativa.

El alto tribunal gallego destaca en su auto, notificado esta mañana, que estas disposiciones suponen una restricción "en grado mínimo" de derechos fundamentales ante la "fuerte salvaguarda que se pretende del derecho a la vida y a la salud". Los magistrados inciden en la complicada “una situación epidemiológica que determina un riesgo de transmisión del virus creciente, acentuada por el avance en la prevalencia de la variante ómicron”.

Sin embargo, llaman la atención a la Xunta ante la ausencia de motivación de las medidas solicitadas. Aseguran que el informe remitido se encuentra “completamente huérfano de identificación de los informes y estudios que se emplean como base de las afirmaciones en él recogidas”. Por ello, apuntan, para respaldar esta nueva batería de restricciones han tenido que recurrir al contenido de sus anteriores resoluciones como “única forma de verificar si las medidas propuestas resultan idóneas, necesarias y proporcionadas”.