Últimas noticias sobre la ayuda de 115 euros por hijo: así queda en 2024

El Complemento de Ayuda a la Infancia sigue este año con los siguientes requisitos

El Complemento de Ayuda a la Infancia mantiene su cuantía para 2024

El Complemento de Ayuda a la Infancia mantiene su cuantía para 2024 / INFORMACIÓN

Eneko López Rico

El Complemento de Ayuda a la Infancia es un componente clave del Ingreso Mínimo Vital (IMV) diseñado para asistir específicamente a los niños en situaciones de vulnerabilidad. Aunque está integrado dentro del IMV, este suplemento puede otorgarse de manera autónoma. En 2023 se habían otorgado un total de 451.190 complementos, manteniendo su cuantía sin cambios para el año 2024, a diferencia del IMV que experimentó un incremento del 6,9%.

Introducido durante el proceso parlamentario de la Ley del Ingreso Mínimo Vital y oficializado el 21 de diciembre de 2021, el Complemento de Ayuda a la Infancia se establece como una medida fundamental para combatir la pobreza entre los menores. La cantidad asignada varía según la edad de los niños dentro del hogar a partir del 1 de enero del año en cuestión, distribuida en las siguientes categorías para 2024:

  • Menores de tres años reciben 115 euros.
  • Niños de tres a menos de seis años obtienen 80,50 euros.
  • De seis a menos de 18 años se les asignan 57,50 euros.

Requisitos para cobrar el Complemento de Ayuda a la Infancia

El derecho a este suplemento lo tienen aquellos hogares que incluyen menores y cumplen con los criterios para recibir el IMV, además de los requisitos específicos relacionados con los límites de ingresos y patrimonio neto permitidos:

  • Pertenecer a una unidad de convivencia con uno o más menores de edad.
  • Los ingresos de la unidad de convivencia no deben superar el 300% de los umbrales establecidos en la escala de incrementos para el cálculo de la renta garantizada según el tipo de unidad de convivencia.
  • El patrimonio neto de la familia no debe exceder el 150% del límite fijados en la escala de incrementos para el cálculo del límite de patrimonio aplicable según el tipo de unidad de convivencia.
  • Cumplir con el test de activos, establecido en 6 veces la renta garantizada para un adulto, con una escala de incrementos igual a la del límite de rentas según el tipo de unidad de convivencia.

Incompatibilidades

Ciertas prestaciones o ayudas son incompatibles con el IMV y, por extensión, con el Complemento de Ayuda a la Infancia, incluso si se recibe de forma independiente. Esto incluye la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con una discapacidad menor al 33%.

Cómo solicitar el Complemento de Ayuda a la Infancia

Para solicitar el suplemento, debes tramitar el IMV a través de los canales del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en su página web. Este proceso se puede realizar tanto si el suplemento se solicita junto con el IMV como si se pretende recibir de forma independiente. 

Encontrarás una guía práctica y un tutorial en vídeo para facilitar tu solicitud online sin necesidad de certificado digital o cl@ve y puedes consultarla aquí.

Para aquellos que no reciben el IMV pero desean saber si tienen derecho al suplemento, pueden utilizar el simulador del INSS. Este simulador, accesible a través de la página de solicitud, te permitirá conocer tu elegibilidad tras responder algunas preguntas básicas.

Cosas que debes saber sobre el Complemento de Ayuda a la Infancia

Además de todo lo anterior, tienes que tener en cuenta estas otras consideraciones sobre este Complemento:

  • El pago del suplemento comienza el mes siguiente al de la solicitud si se cumple con los requisitos.
  • La asistencia continuará mientras persista la necesidad económica y se mantengan los criterios de elegibilidad, con pagos mensuales mediante transferencia bancaria.
  • Todos los beneficiarios del IMV, incluidos los que solo reciben el suplemento de apoyo infantil, deben presentar anualmente la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.