Tribunales

Un magistrado se erige en el principal testigo por la agresión a un familiar ante su antiguo tribunal en Valencia

La Audiencia Provincial ha absuelto a los dos policías acusados, que se enfrentaban inicialmente a 18 años de prisión por delitos de detención ilegal, falsedad documental, lesiones, maltrato, contra la integridad moral y acoso

El juicio se celebró en la Sección 4 de la Audiencia Provincial, donde fue magistrado el testigo.

El juicio se celebró en la Sección 4 de la Audiencia Provincial, donde fue magistrado el testigo. / Redacción

Ignacio Cabanes

Dos policías nacionales en el banquillo de los acusados, un presunto delincuente que acababa de salir de prisión como supuesta víctima y un magistrado, que precisamente impartía Justicia en esta misma Sala de Audiencia Provincial de València hasta hace un año, como principal testigo de la acusación contra los agentes. Este cóctel nada habitual en los tribunales, donde todos parecían tener los papeles intercambiados, ha concluido con una sentencia absolutoria dictada apenas dos días después de celebrarse el juicio.

Los magistrados de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial no han titubeado a la hora de absolver a los policías, aunque ello suponga no dar credibilidad al relato de su propio excompañero, José Manuel Megía Carmona, quien aseguró en su declaración, bajo juramento, que uno de los propios policías acusados le reconoció en comisaría la agresión a su sobrino mientras le mostraba a él y a su hija, letrada de la acusación, los nudillos hinchados: "Mira cómo tengo las manos de cómo le he dado".

Los hechos juzgados esta semana se remontan al 24 de enero de 2021 cuando los querellantes, padre e hijo –cuñado y sobrino del magistrado–, fueron arrestados en Gandia. Según la acusación, sin motivo alguno y ejerciendo los policías "una violencia desmesurada, gratuita e innecesaria, descomunal y salvaje". Por contra, los policías nacionales, que habían acudido a otro servicio en la zona, esgrimen que el más joven comenzó a amenazarles, a grabarles con el teléfono móvil, y que cuando le instaron a identificarse, arremetió de forma violenta contra ellos.

Los agentes se enfrentaban inicialmente a penas que ascendían a los 18 años de prisión para cada uno de ellos por los delitos de detención ilegal, falsedad documental, contra la integridad moral, lesiones, maltrato de obra y acoso. En sus conclusiones, la acusación particular retiró los cargos contra uno de los policías y modificó su petición de pena, que era finalmente de seis años y nueve meses de cárcel para el que consideran que fue el único de los dos que se sobrepasó con los detenidos.

La Fiscalía no aprecia delito

Por su parte, el Ministerio Fiscal no apreciaba delito alguno al entender que la detención se produjo por unos hechos que podrían ser constitutivos de un posible atentado contra los agentes de la autoridad y que uno de los arrestados sufrió "lesiones muy leves compatibles con el empleo de cierto grado de fuerza propio de las maniobras de reducción, inmovilización y detención".

Así lo ha estimado también la Sala, que sin entrar a valorar en profundidad cómo sucedieron los hechos, considera probado que los policías acusados procedieron a la detención de los querellantes "en el ejercicio de las funciones propias de su cargo".

La clave de esta absolución la dio la defensa del policía contra el que se dirigían finalmente todos los cargos, ejercida por el letrado Noel Pont. Ninguno de los dos supuestos agredidos declaró en el juicio para ratificar al menos sus acusaciones. El padre porque falleció por enfermedad durante la fase de instrucción y no se realizó prueba preconstituida con plenas garantías. Y el hijo tampoco declaró en la vista oral al no haber sido propuesto por la acusación como testigo y renunciar a él en el último momento la defensa.

Se presentó en comisaría

De esta forma, la sentencia argumenta que ninguno de los testigos que declararon en el acto de juicio presenció el episodio completo que dio lugar a la detención, y el magistrado "únicamente escuchó frases a través del teléfono, sin poder observar lo que estaba sucediendo". "A mi hijo hay un policía que le está pegando una paliza", le dijo su cuñado.

Tras esta llamada, Megía Carmona reconoce que se personó en comisaría para interesase por su detención, pero niega que se valiera de su condición de magistrado, ante las declaraciones de los policías que así lo aseguran. "No habría ido a hablar con un mindundi, me hubiera ido directamente a hablar con el comisario", argumentó.

Tras analizar la prueba, el tribunal considera que no puede afirmarse que la detención fuera ilegal y tampoco resulta acreditada la falsedad documental. Asimismo, respecto a las lesiones que presentaba uno de los detenidos, el informe forense determinó que eran muy leves y «compatibles con el mecanismo ordinario de la detención y con una mínima fuerza, pero no con una brutal paliza» que relata la acusación.