La ley prevé la posibilidad de imponer multas y en el momento de la detención el funcionario puede optar por abrir una orden de expulsión o bien por la sanción. Pero no suelen ser muy habituales y el año pasado solo se aplicaron 80 multas frente al total de 333 órdenes dictadas, lo que representa apenas el 24%. Aún así, es un porcentaje es superior al 10% de 2013.

El importe de las sanciones puede alcanzar los 500 euros en las infracciones más leves, como los retrasos en la comunicación de los cambios de nacionalidad, estado civil o domicilio además de trabajar sin solicitar la autorización correspondiente. Para casos graves, como permanecer en la comunidad en situación irregular por no obtener la prórroga de la residencia o los matrimonios de conveniencia, la ley establece multas entre los 500 y los 10.000.

La cuantía podrá llegar hasta los 100.000 euros en los casos de infracciones muy graves, entre las que se encuentra la contratación de trabajadores sin la documentación en regla, la inducción de la inmigración clandestina o el transporte de extranjeros sin papeles al territorio nacional.

En este supuesto la normativa estatal establece sanciones de entre 5.000 y 10.000 euros por cada viajero transportado y 750.0000 euros si se realiza una valoración en global de la infracción sin tener en cuenta el número de personas transportadas.