El Gobierno local de Arteixo adjudicará la ayuda a domicilio a Instituto de Gestión Sanitaria (Ingesán), la empresa que se hacía cargo del servicio hasta ahora. El Ejecutivo municipal lo llevará hoy a la comisión de asuntos generales y mañana a la Junta de Gobierno Local. El coste será de un máximo de 704.000 euros anuales, en los que no están incluidos los impuestos, un importe similar al actual. El contrato tendrá una duración de dos años, con una opción de prórroga de otros 24 meses. En la actualidad una media de 150 vecinos se benefician de la ayuda a domicilio, según anuncia el Concello de Arteixo.

Ingesán, del grupo OHL, deberá presentar toda la documentación que le reclama el Ayuntamiento en el plazo de 10 días hábiles desde la recepción del aviso de que ha ganado la adjudicación. El Gobierno local también exige una garantía de 35.226 euros. Ingesán se hará cargo del servicio después de que el Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña la condenase junto a Galicia Saudade, Eulen y el Ayuntamiento de Arteixo a abonar de forma solidaria las nóminas de tres meses impagadas a las trabajadoras de la exconcesionaria del servicio de ayuda a domicilio del municipio, en un conflicto que ya dura tres años.

Los trabajadores del servicio de ayuda en el hogar de Arteixo denunciaron en abril, antes del fallo del tribunal, que seguían sin cobrar parte de las nóminas del año 2012. Así lo había asegurado la exdelegada sindical, Raquel Casaballe, que señalaba que aún no habían cobrado la deuda que quedó pendiente desde que se registró el conflicto con Galicia Saudable Xentes. Arteixo rescindió en octubre de 2012 el contrato de ayuda a domicilio con Galicia Saudable, de mutuo acuerdo, después de las concentraciones de protesta de los trabajadores que denunciaban impagos de salarios y retrasos continuos a la hora de abonárselos.

Días antes de que el Ayuntamiento de Arteixo rescindiese el contrato a Galicia Saudade se realizaron dos despidos (en total fueron cinco), dos delegadas sindicales de UGT que luego los juzgados, en sentencias de mayo de 2013, declaró nulos y con obligación de readmisión por ser "improcedentes y durante un período de huelga".