El Juzgado Contencioso Administrativo Número Dos de A Coruña ha condenado al Ayuntamiento de Sada a abonar 80.215,17 euros a una vecina en concepto de responsabilidad patrimonial a causa de las continuas inundaciones de aguas pluviales y fecales que sufrió en su vivienda desde 2006 hasta 2014. La sentencia fue emitida el pasado viernes.

La afectada compró una vivienda en el número 4 del Callejón de la Laguna en Sada y desde el primer día sufrió inundaciones de pluviales y fecales procedentes del alcantarillado de la calle, hasta alcanzar 45 centímetros en el interior de la casa. Vivir en esas condiciones de insalubridad se hizo tan insoportable que alquiló una casa para trasladarse pero en 2012 regresó por problemas económicos.

La denunciante, defendida por el despacho KNM de A Coruña, sostuvo que desde 2006 hasta 2014 sufrió estos anegamientos a causa del deficiente mantenimiento de la red de alcantarillado y por la mala conexión de la red de pluviales y fecales, además de por la diferencia de cota entre su casa y la calle. Indicó que esta diferencia de cota también era culpa del Concello porque cuando remodeló el callejón dejó varias casas con una cota inferior a la de la vía pública.

Presentó numerosas denuncias ante el Concello de Sada pero sin lograr una solución y después de que el Ejecutivo en octubre de 2016 rechazase su petición de responsabilidad patrimonial, acudió al juzgado.

La propietaria reclamó una indemnización de 224.083 euros pero el juzgado la redujo a 80.215 al aceptar el abono de todos los gastos que tuvo que hacer en la casa pero rechazar los daños físicos sufridos (al agravarse su patología respiratoria) por no poder acreditarlo; y reducir de 150.000 a 20.000 euros los daños morales que solicitaba.

En la casa tuvo que construir una estructura de ladrillos para elevar el suelo 45 centímetros y evitar las inundaciones, además de colocar una barrera de estanqueidad por inyección química, realizar reparaciones de albañilería y repara su mobiliario.

El juez concluyó que la culpa de las inundaciones era atribuible al Concello porque los anegamientos en la casa cesaron el 8 de enero de 2014, una vez que el Ejecutivo realizó una pequeña obra además de limpieza y mantenimiento del alcantarillado, lo que permite concluir que "era el diseño de la red el orden causal de dichas filtraciones e inmisiones", y por tanto responsabilidad municipal.

El juzgado agregó que el hecho de que esta pequeña obra de enero de 2014 solucionase el problema demostró que tampoco se podía atribuir el problema a fenómenos imposibles de controlar (y por lo tanto no atribuibles al Concello) como las mareas, el río o el humedal de As Brañas. Apuntó que el Ayuntamiento alegó "impotencia" pero no era "creíble" porque cuando hizo la obra en 2014 arregló el problema de esta vivienda, así que sí era solucionable y no se debía a la acción de la marea o las intensas lluvias.

El magistrado subraya así la "incuria", la "inactividad" del Concello porque desde 2006 que esta afectada presentó los escritos denunciando la situación, no hizo nada hasta 2014.

En la sentencia se citan las inundaciones del pasado marzo en Sada pero se especifica que aunque también se vio afectada esta vivienda, no tienen nada que ver con las que sufría esta vecina porque esta última fue un hecho "excepcional" que afectó "a la totalidad de la población" y lo que ella sufría era anegamientos "con periodicidad y constancia".

La Sala aceptó toda la indemnización reclamada respecto a las obras y reparaciones que tuvo que hacer en la casa (presentó factura detalladas) pero no aceptó los daños físicos que alegó al no poder demostrar que sus episodios de agravamiento de la insuficiencia respiratoria que sufría estaban relacionadas con las avenidas en su casa.

Sí aceptó parte de la indemnización por daño moral reclamada, ante el sufrimiento padecido al hacer "su vida diaria en numerosas ocasiones sobre agua con heces", teniendo que limpiar constantemente. La sentencia no es firme.