Un mes después de que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) anulase el Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) de Abegondo, el Ayuntamiento inició los trámites para legalizar la funeraria-tanatorio de Mabegondo mediante una modificación puntual del planeamiento, al mismo tiempo que la Alcaldía emitía una resolución en la que advertía de que con el plan anulado no se podía "continuar con actos de gestión urbanística en tramitación".

La modificación del PXOM que ha iniciado el Ejecutivo local, por lo tanto, contradice la instrucción que el propio Gobierno emitió el pasado 27 de mayo para interpretar los efectos de la sentencia anulatoria. El concejal de Son Abegondo, Pancho Niño, presentó alegaciones a esta instrucción y advirtió que tras esta resolución judicial no se debía tramitar ningún planeamiento de desarrollo al amparo del PXOM anulado y pedía suspender de inmediato los desarrollos en trámite.

El propio alcalde, el pasado día 13 contestó las alegaciones y desestimaba ésta al considerar que en la propia instrucción ya quedaba claro que se paralizaban los actos de gestión urbanística en tramitación. Si no procede aprobar ni tramitar planeamiento de desarrollo, mucho menos una modificación del propio PXOM.

El Concello de Abegondo sin embargo inició el pasado mes de mayo (la sentencia de anulación del plan es de abril y está recurrida ante el Supremo) la tramitación de este cambio en el plan urbano porque el uso de tanatorio es ilegal desde que se aprobó el PXOM en 2012, ya que en el planeamiento figura que está en suelo de uso residencial. Por eso el Ejecutivo quiere cambiar dicho uso por el de equipamiento privado sanitario.

El problema con la funeraria y tanatorio se originó después de aprobarse el plan general. La empresa quería ampliar las instalaciones y pidió licencia al Concello, que se la denegó porque parte de los terrenos estaban calificados como urbano consolidado y otra parte como no consolidado (el aparcamiento hacia donde querían ampliar), así que primero tenía que desarrollar ese ámbito para poder construir. La familia acudió al juzgado y le dio la razón en sentencia de 2014 pero el juez planteó una cuestión de ilegalidad y el Tribunal Superior en junio del año pasado la rechazó y dio la razón a la Xunta: esa parte de los terrenos no tiene el desarrollo suficiente para ser considerada urbano consolidado así que estaba bien calificada en el PXOM.