El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dado la razón a una trabajadora del Ayuntamiento al estimar parcialmente un recurso de apelación por el cual la Administración local tendrá que compensar a la mujer por trabajar por encima del tiempo máximo de 40 horas semanales.

El fallo judicial reconoce el derecho de la apelante a disfrutar de los descansos compensatorios establecidos en el artículo 10 del acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal del Concello por el trabajo realizado en fines de semana y días festivos desde el 1 de enero de 2014. En cambio rechaza el derecho a percibir un complemento retributivo que la funcionaria demandaba.

La demandante presentó el recurso ante el TSXG después de que un juzgado de lo contencioso-administrativo de A Coruña desestimase una apelación contra una resolución de la teniente de alcalde responsable del personal municipal en julio de 2014, durante el Gobierno anterior del PP.

La sentencia estima que la mujer realizó un exceso de horas de trabajo en fines de semana o festivos que no fueron compensadas y que el Ayuntamiento no negó en ningún momento que se actuase así en el pasado. El dictamen se apoya en que, según el reglamento sobre las condiciones de trabajo en la Administración municipal, cada hora trabajada fuera del horario ha de compensarse con hora y media de libranza.

El sindicato CSIF, al que está afiliado la denunciante, apunta, al igual que la sentencia, que la mujer pertenece a un área municipal que carece de un sistema de trabajo específico que establezca un marco propio para la especial dedicación, es decir, un mínimo de 40 horas a la semana. El CSIF aclara que desde hace unos meses la Concejalía de Personal, tras dicha problemática, implantó un nuevo régimen de trabajo en este servicio consensuado con todos los sindicatos.

La central que representa a la apelante reitera que la festividad no es incompatible con la especial dedicación y denuncia al mismo tiempo que el Concello "ha interpretado durante años que la dedicación especial no tenía máximo", por lo que algunos trabajadores fueron requeridos para realizar tareas fuera de sus horarios sin límites ni compensaciones y "de forma discriminatoria y abusiva".