La titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de A Coruña emitió hoy un auto en el que deniega la aplicación de la suspensión de la reducción de la tarifa del bus urbano en diez céntimos hasta que se pronuncie sobre su legalidad. Esta era una medida cautelar que había solicitado la Compañía de Tranvías ante el anuncio del Concello de que bajaría el precio del billete a partir de mañana.

El Gobierno local anunció ayer mismo que el 1 de febrero se aplicaría la reducción del precio, pero horas después la jueza emitió un acto en el que aplazó esa decisión hasta que determinara si era procedente la adopción de medidas cautelares, resolución que hizo pública esta mañana, lo que permite que mañana el billete cueste 10 céntimos menos.

La jueza indica en el auto que en este caso deben “ponderarse” los intereses públicos y privados en conflicto. Los privados, según la magistrada, vienen “todos ellos constreñidos a perjuicios económicos que son fácilmente evaluables y, por ello, resarcibles”, mientras que el interés público “no resulta resarcible porque los ciudadanos que no se benefician de la bajada de tarifas son innominados a la hora de utilizar el servicio público”. El Juzgado de lo Mercantil destaca que, por ello, en caso de que la sentencia fuese desestimatoria, Tranvías se embolsaría “de forma improcedente unas cantidades que no sería resarcibles a los perjudicados”.

La jueza indica en la resolución que la concesionaria “ni ha invocado ni ha acreditado que con esa minoración de ingresos la explotación del servicio sea inviable”. La magistrada recuerda que para que los perjuicios económicos amparen la solicitud de medidas cautelares, la jurisprudencia exige “que se prueben adecuadamente los daños y perjuicios de imposible reparación, no bastando la mera invocación genérica”.