Rafael Alonso Martínez (A Coruña, 1974), abogado especializado en derecho deportivo del Bufete Alonso Martínez, analiza desde el punto de vista legal el escenario que la pandemia de coronavirus ha abierto en el deporte en relación a la finalización de las competiciones, los contratos de los deportistas y la aplicación de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) en los clubes.

¿Son los ERTE una herramienta eficaz en el deporte profesional?

El deporte tiene cierta especificidad y los ERTE están variando de un día para otro porque están saliendo decretos que los modifican. Uno de ellos señaló que el tiempo durante el cual está suspendido un contrato hay que añadirlo a posteriori. Eso, dependiendo de qué deporte sea, puede ser una solución o un problema. Lo que se pone de manifiesto es que el deporte es especial y que muchos de los mecanismos para una empresa normal, entre comillas, son difíciles de aplicar bien. Eso hace que haya muchos interrogantes sobre su utilidad. Como no es fácil establecer axiomas generales, va a depender mucho de las circunstancias de cada club y de cada deporte.

¿Resulta más eficaz una negociación con las plantillas deportivas para reducir salarios y aplicar un ERTE al resto?

Claro, porque los trabajadores no deportivos suelen tener contratos indefinidos. La parte no deportiva se asemeja más a la plantilla de cualquier otra empresa y es normal que se haga esa diferencia. Por eso los clubes que han ido dando pasos han preferido hacerlo vía negociación con los jugadores y vía ERTE con el resto.

¿Es más sencillo aplicar un ERTE en los clubes modestos?

Cuanta más baja es la categoría, más interesante es para el club su aplicación y más fácil también para el deportista aceptarlo. Un futbolista, por ejemplo, afectado por un ERTE no va a recuperar el total de su salario cuando está por encima de la cuantía máxima de la prestación de desempleo. En clubes que pagan unas cantidades cercanas al salario mínimo, la aplicación de un ERTE puede ser una medida de salvación de la economía de la entidad. En los clubes grandes del fútbol profesional, en cambio, son tan altos los salarios que pueden llegar a un acuerdo para completarle el salario a los jugadores y la parte que pueden ahorrar con la aplicación del ERTE es mínima. Cuanto menor sea la categoría del club, más utilidad puede tener un ERTE.

En el caso de que un deportista profesional sufriera un ERTE, ¿el Estado le completaría el salario?

No. El deportista que viese suspendido su contrato, lo máximo que cobraría por desempleo es como cualquier otro trabajador. Dependería de que su empresa quisiera completarle todo o parte del salario, o existiera un convenio colectivo en el que se cubra. En el fútbol profesional, por ejemplo, no está prevista esa circunstancia. Por eso los clubes de fútbol están negociando en vez de simplemente aplicar un ERTE y dejar a los jugadores con la cuantía máxima de desempleo.

¿Es necesario renegociar los contratos en el caso de que las temporadas se alarguen más allá del 30 de junio?

En el caso del fútbol español, la duración de la temporada está establecida en la reglamentación de la Federación, con lo cual tendrían que modificarse esos reglamentos mediante una reunión de la comisión delegada. Hace unos días, uno de los decretos ley estableció que, en caso de suspensión por ERTE, el tiempo de suspensión se añade a lo que falta de contrato. En el caso de que la temporada se reanude y se extienda más allá del 30 de junio, esa disposición permite extender el contrato sin necesidad de hacer una prórroga. El problema estará en los deportes en los que la competición no se vaya a reanudar.

¿Podría negarse un futbolista a jugar más allá de junio?

Ahí la casuística es muy variada, pero el problema que va a tener es que hoy en día el fútbol está muy globalizado. Lo más probable es que las decisiones que se adopten a nivel de la Federación coincidan con las que tomen otras muchas federaciones y que vengan impuestas de UEFA y FIFA.

¿Hay limitaciones legales pa ra alargar el calendario?

El calendario ya ha saltado por los aires. No creo que se pueda terminar la temporada sin modificar la fecha del 30 de junio porque eso implicaría una carga de partidos que, o se empieza en mayo, o no va a dar tiempo.

Hay ligas que se plantean dar por finalizada la temporada, ¿en España está contemplado en algún reglamento cómo se decidirían los campeones o los descensos en una situación como esta?

No está contemplado, lo único que está contemplado es que la Federación pueda alterar el calendario. No está regulado cómo termina la competición en este caso, si termina con la última jornada disputada, si termina con la clasificación de la primera vuelta o si termina anulándose y repitiendo la participación de los mismos equipos.No hay nada regulado al respecto, habrá que improvisar.

¿Quién tiene la última palabra sobre el futuro de la competición?

Tiene que ser una decisión consensuada entre Federación y Liga a través de una comisión.

Si algún club se siente perjudicado por la decisión que se tome, ¿podría acudir a la justicia ordinaria?

Se podría impugnar como un acto relacionado con la organización de la competición. En este caso, en el que no hay nada regulado sobre cómo se finaliza una competición que por una causa de fuerza mayor no se puede terminar, es totalmente imprevisible cómo se resolvería, pero creo que se va a optar por terminar las competiciones y trasladar cualquier adaptación del formato a la próxima temporada, sabiendo de inicio que va a tener menos partidos.