El cerco judicial a Audasa, concesionaria de la AP-9 se estrecha. Una semana después de que la Fiscalía demandase a la gestora de la autopista por el cobro abusivo de peajes en los más de tres años que duró la ampliación del puente de Rande, el juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra admite a trámite la petición del Ministerio público en ejercicio de la acción colectiva de cesación en defensa de consumidores y usuarios y da dos meses a los afectados para adherirse a la demanda, aunque también podrán reclamar, en caso de condena, una vez dictado el fallo.

El Ministerio público recogía que en los 40 meses que duraron las obras, los trabajos afectaron "de forma relevante y constante a la fluidez del tráfico". Pese a esa circunstancia, recuerda que la gestora de la AP-9 mantuvo "invariables" sus tarifas, lo que supone un caso de "abuso". La demanda colectiva presentada y admitida a trámite busca un doble objetivo: que se devuelvan los gravámenes pagados por particulares entre el 27 de febrero de 2015 y el 1 de junio de 2018 y que Audasa abone una indemnización "del doble del peaje" a los conductores o pasajeros que demuestren haberse visto perjudicados.

Fuentes de Fiscalía reconocieron ayer que la admisión a trámite no es fácil en estas demandas colectivas, lo que deriva siempre en una "dura pelea" por la "competencia". "En este caso, todas estas cuestiones han sido superadas", destacaron. El Juzgado de lo Mercantil también acordó hacer un llamamiento a personarse en el proceso a quienes tengan la condición de perjudicado por haber sido usuario del servicio que dio origen a la demanda para que hagan valer su derecho o interés individual. El llamamiento suspenderá el proceso por dos meses. El inicio del cómputo de este plazo comenzará a contar el día siguiente a la publicación del llamamiento, según recoge el auto. Transcurrido ese periodo, el juez emplazará a la parte demandada: Audasa. Durante esos dos meses, cualquier usuario de la autopista podrá personarse en la causa, pero "con abogado y procurador". La otra opción es esperar a la sentencia, cuando ya no sería preciso letrado. Si lo acredita, el juez dictará un auto reconociendo beneficiario al que lo pida. Y con el testimonio de ese auto, puede reclamar el dinero.

Los beneficiarios en caso de condena serían los que se encuadran en el concepto jurídico de "consumidor y usuario" es decir, los que adquieren un bien o pagan un servicio en este caso un peaje al margen de su actividad profesional o empresarial. La Fiscalía en su demanda explica que no se consideran "usuarios" a los profesionales de la conducción -taxistas o conductores de autobús por ejemplo- y/o los titulares de empresas de transporte de mercancías o de pasajeros "en el desempeño de tales ocupaciones".

Por otra parte, el consenso sobre la cesión de la titularidad de la AP-9 a Galicia se difumina a la hora de afrontar los pasos para materializarla, después de que el Congreso iniciase la tramitación de la proposición de ley sobre ella el martes. La Xunta confía en que se concrete en 2019. El PP gallego y el PSdeG abogaron ayer por aclarar las condiciones de ese cambio, que permitiría a la Xunta controlar la política de peajes y sancionar a la concesionaria. En el Congreso ambos grupos rechazaron en el texto la opción del rescate, método que defienden En Marea y BNG.