La Audiencia Nacional ha absuelto a las doce personas que fueron juzgadas el pasado mes de octubre por enaltecimiento de la organización terrorista Resistencia Galega a través de las asociaciones Causa Galiza y Ceivar, para quienes la Fiscalía solicitaba condenas que iban de los cuatro a los doce años de prisión. Este fallo echa por tierra las pesquisas que derivaron en la operación Jaro I y Jaro II y que trataban de poner nombre y rostro al presunto brazo político de la banda armada gallega.

En la sentencia, los magistrados absuelven a los acusados de los delitos de “pertenencia a organización criminal para la comisión de delitos de enaltecimiento del terrorismo (artículo 570 bis 1 del Código Penal) y de delitos enaltecimiento del terrorismo (578.1, 2 y 4)”, al tiempo que rechaza la disolución de Causa Galiza y Ceivar como había pedido el Ministerio Público. Además, la Audiencia tampoco pide la disolución de las organizaciones Causa Galiza ni Ceivar. Estas organizaciones, concluye el tribunal, “no tenían en sus estatutos fundacionales” el enaltecimiento del terrorismo como objetivo, ni es posible conectar de forma directa a sus integrantes con la organización terrorista “pese a que hayan participado en actos de recibimiento” tras sus puestas en libertad.

La Audiencia da por probado que Causa Galiza se constituyó en 2007 “para promocionar la cultura y fundamentalmente la lengua gallega, la defensa del patrimonio natural, social y cultural de Galicia y la afirmación de Galicia en todos los ámbitos sociales y culturales, siendo el sesgo de sus integrantes y la finalidad de la asociación la de operar en el marco político como grupo que defiende una ideología independentista”.

Vínculos con la banda

Tras relatar la participación de este colectivo en diversos actos, como el Día da Galiza Combatente o el Día da Patria Galega, la Sala señala que “no se ha acreditado que la mencionada asociación tuviera relación, personal o institucional, con el grupo denominado Resistencia Galega, algunos de cuyos miembros habían sido condenados por actividades terroristas”. Tampoco se ha acreditado, concluye la Sala, que entre los fines de la asociación estuviera la de enaltecer o justificar las acciones llevadas a cabo por el grupo Resistencia Galega o por alguno de sus miembros. “Sin perjuicio de que la asociación o alguno de sus miembros participara en actos de recibimiento a presos condenados por delitos relacionados con actividades de carácter violento o terrorista o acciones de protesta con ocasión de la celebración de juicios contra dichas personas y participa en campañas para reclamar el acercamiento de presos gallegos al territorio de la comunidad autónoma”, explica.

Sobre Ceivar, creado en 2003 como Organismo Popular Antirrepresivo, la Audiencia explica que “se creó para prestar todo tipo de apoyo a los presos que por diversos motivos hubieran sido condenados por causa de su militancia independentista”.

A través de ella, los acusados realizaron actividades de apoyo a los militantes independentistas recluidos en prisión tanto a través de la asistencia jurídica, como del apoyo sanitario, económico y social. A este respecto, apunta el tribunal, Ceivar usaba sus estructuras para organizar dinámicas permanentes u ocasionales de apoyo a los presos “militantes independentistas y pertenecientes a formaciones nacionalistas”, informa Europa Press.