Cuando el Tribunal Supremo confirmó la anulación del Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) de Abegondo en 2017 el municipio pasó a estar regido por unas normas subsidiarias provinciales de 1991, de hace casi 30 años, y por lo tanto sin adaptar a las nuevas legislaciones del suelo estatales y gallegas de los últimos años ni a la actual configuración del concellos, con nuevas infraestructuras y parcelarias. Está en fase de redacción un nuevo PXOM pero como suele ser un trámite largo, el Gobierno Local acaba de presentar un instrumento de ordenación provisional, que ya está en la Xunta para el trámite de evaluación ambiental estratégica y para exponer al público durante un mes.

Este instrumento de ordenación mantiene las dos zonas de suelo urbano que incluía en el PXOM anulado: San Tirso de Mabegondo y San Marco, pero suprimiendo los once sectores de urbano consolidado que señalaba específicamente la sentencia judicial que anuló el plan por carecer de servicios esenciales o estar fuera de la malla urbana. Son dos sectores urbanos en San Tirso y nueve en San Marco. También suprime las bolsas de suelo de urbano no consolidado previstas en San Tirso y San Marco. El suelo urbano pasa así de 617.409 metros cuadrados a casi la mitad, 338.297. Este plan provisional también deja fuera, además del urbano no consolidado y las áreas de actuación integral de los núcleos rurales, el suelo urbanizable.

En esta ordenación provisional el Ejecutivo establece una previsión de nuevas viviendas de 1.050 frente a las 2.622 que establecía en el plan general de 2012 que fue anulado, es decir, un 60% menos. La previsión de vivienda "desproporcionada" fue una de las razones de la anulación judicial del plan general.

El Gobierno local ya adelantó el pasado febrero que iba a reducir la vivienda a 1.088 construcciones, un 58% menos que en el PXOM, pero al final aumentó esta disminución hasta el 60%. También había anunciado, y eso se mantiene, que reduciría de 141 a 85 los núcleos identificados donde se podría construir, y que se corresponderían con donde hubo actividad de obra mayor y aquellos en los que algún vecino puso como aval 1.500 euros o aval bancario como garantía de que construirá en cinco años.

También se reduce la superficie de dichos núcleos, en los que no se incluyen las áreas de actuación integral que el plan urbano tenía previsto en una parte de dichos núcleos. Sí clasifica como suelo de núcleo rural los asentamientos rurales para los que existe una base territorial aunque no respondan a "previsiones de crecimiento".

La ordenación provisional mantiene también como núcleo rural Tras da Igrexa en Crendes al incluir una zona verde que se obtendrá por expropiación; y el núcleo de A Igrexa en Folgoso.