El alquiler vacacional de un apartamento en Cambre derivó en más problemas que beneficios para los dueños. Los propietarios han presentado denuncia por robo y daños en su vivienda, que habían alquilado a unos inquilinos que utilizaron documentación falsa para acceder al arrendamiento.

Dos personas alquilaron en piso cambrés. La mujer utilizó un DNI que había robado meses antes en Almería a una mujer que denunció la sustracción de su bolso, con documentos en el interior, por personas desconocidas. La denuncia por el robo en Almería se produjo en enero de este año y la denuncia por robo y daños en la vivienda cambresa se registró el pasado mes de junio.

Los dos inquilinos fueron detenidos el mismo día de la denuncia en el término municipal de Cambre. La mujer que había utilizado un DNI robado para acceder al arrendamiento estaba en posesión de más documentos de identidad pertenecientes a otras personas, además de "otros efectos presuntamente utilizados con fines fraudulentos", señala la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en un auto en que dirime la cuestión de competencia sobre si debe llevar tramitar la denuncia el juzgado de Almería que investiga el robo del DNI a una denunciante o si, por el contrario, compete a A Coruña. El Alto Tribunal dicta que corresponde al Juzgado de Instrucción número 6 de A Coruña juzgar el caso.

Tras la denuncia, presentada el 15 de junio de este año, la Guardia Civil realizó un atestado que, junto con los testimonios, sirvió de base para incoar diligencias previas. A raíz de la investigación sobre la identidad de la inquilina que utilizó un DNI robado, el juzgado coruñés, por auto del 5 de julio, se inhibió a favor del Juzgado número 6 de Almería, que el 10 de agosto emitió un auto en el que incoaba diligencias previas y rechazaba la inhibición de A Coruña "al estimar que no existe conexidad entre los hechos investigados en ambas localidades".

El Supremo coincide y determina que debe ser un jugado coruñés quien dirija la instrucción del caso por presunto robo y daños en la vivienda cambresa. A Coruña planteó ese mismo mes un en auto la cuestión de competencia negativa y señaló en su exposición razonada que la documentación intervenida a los dos arrendadores de la vivienda de Cambre incluía el DNI robado en Almería y una libreta de la misma propietaria en la que figuraban datos de cuentas bancarias, lo que revelaría, sostuvo, "la existencia de una trama delictiva de estafas y falsedades en cuyo marco se inscribiría la sustracción y posterior utilización fraudulenta del mentado DNI". El Supremo coincide con el Ministerio fiscal en que debe ser el juzgado coruñés quien lleve el caso.

Absuelto de tráfico de drogas

La Audiencia Provincial ha absuelto a un vecino de Cambre de un delito contra la salud pública por tráfico de drogas. La Guardia Civil del puesto de Cambre lo interceptó en la calle Constitución de O Temple sobre las 4.45 horas del 20 de abril de 2017 cuando portaba en el bolsillo dos bolsas con 6 y 5 gramos respectivamente de cocaína y 645 euros en efectivo. A continuación registraron el bar que regenta en la zona, donde encontraron una bellota de resina de cannabis de 9,6 gramos, cinco comprimidos de metadona, una báscula de precisión de la marca Diablo y numerosas bolsas de plástico a las que les faltaban trozos circulares. El acusado autorizó un registro posterior en su vivienda, en O Temple, y en el trastero se encontró ácido bórico, más recortes de bolsas y seis comprimidos de metadona. La Audiencia descarta por la cantidad que fuera para venta y lo absuelve.