Era un mes de agosto de 1969 cuando la famosa actriz Sharon Tate, embarazada de ocho meses, fallecía a manos de la familia Manson. Tenía 26 años. Era un mes de agosto de 1969 cuando Dolores Rivas, de 17 años, con un niño de 15 meses y embarazada de poco tiempo, fallecía al caer por el acantilado de Seixo Branco el coche que ocupaban ella y su madre, Vicenta Martínez. La tragedia de Mera, de la que se cumplieron cincuenta años el mes pasado, conmocionó no solo a toda la comarca de A Coruña sino a toda la provincia, y no se habló de otra cosa, con miles de especulaciones y rumores, durante un año, hasta después del juicio en el que el marido de la joven Dolores entró en la Audiencia acusado por la Fiscalía de parricidio y asesinato, con solicitud de pena de 60 años de cárcel, y salió absuelto de estos delitos y condenado a 6 años de prisión menor por imprudencia temeraria.

Eduardo Campana, de 39 años, taxista natural de Carral y con residencia en A Coruña cogió su Seat 1.500 el mediodía del 18 de agosto de 1969 y llevó a su esposa Dolores (embarazada) y a su suegra Vicenta, de 60 años hasta Seixo Branco para dar un paseo. Iba también el niño pequeño, de solo quince meses. Los hechos declarados probados, según publicó la prensa de la época, fueron que Eduardo Campana aparcó el coche, con el freno de mano inutilizado, cerca del acantilado, en un lugar en pendiente, y sin calzar.

Él se bajó del coche con el niño. Después de esto, surgen las versiones. En un primer momento lo que publicaron los periódicos fue que la joven hacía prácticas de conducir y pudo equivocarse de pedal. También se habló de que quizá entraron a escuchar la radio y pudieron tocar algo, estando el coche sin freno de mano y en una pendiente.

Horas después de caer el coche al mar, Eduardo Campana alertó de lo sucedido, explicó que intentó bajar por las rocas a rescatarlas y al ver hundirse el vehículo sufrió un shock. Su esposa, Dolores, llegó a ser rescatada con vida pero murió poco después. Él fue internado en el entonces Hospital Municipal de Labaca, donde no fue dado de alta hasta el 6 de octubre. Ese mismo día fue detenido por la policía.

Durante la investigación salieron a la luz datos de la mala relación de Campana con su esposa, se dijo incluso que ella había huido de casa en una ocasión por los malos tratos. También se habló del dinero que tenía la suegra, viuda, en la cuenta corriente, del seguro a todo riesgo del coche contratado y del seguro de vida contratados hacía poco para la joven por 200.000 pesetas. Ese octubre de 1969 el juez dictó auto de procesamiento contra Campana. Se intentó reflotar el coche, atrapado en una furna, y se hizo también una reconstrucción de los hechos, sacando al reo de la prisión provincial.

Tras la reconstrucción, las pesquisas policiales, testimonios y demás, la Justicia decidió abrir juicio, que se inició en julio de 1970.

El Ministerio Fiscal, representado por Eduardo Monzón de Aragón, ratificó su petición de un delito de parricidio y otro de asesinato, con las agravantes de premeditación y desprecio de sexo. Pidió por cada delito treinta años de reclusión mayor e inhabilitación absoluta, además de una indemnización a los herederos de las víctimas de un millón de pesetas en total. El abogado de la defensa solicitó la absolución y subsidiariamente, seis meses de arresto mayor por imprudencia simple.

La sentencia de la Audiencia Provincial, el 16 de julio de 1970, resolvió que durante el juicio no se había presentado una prueba determinante sobre la supuesta conducta dolosa del procesado y los hechos que se habían acreditado estaban tan solo dentro del delito de imprudencia temeraria, por lo que fue absuelto de parricidio y asesinato. Por el delito de imprudencia temeraria le condenaron a seis años de prisión menor, suspensión de cargo público, profesión y derecho de sufragio durante ese tiempo, al pago de las costas y a abonar 800.000 pesetas a los herederos de Dolores y Vicenta (excluido el procesado).