El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, anunció ayer que la Abogacía del Estado solicitará la ejecución provisional de la sentencia que ordena a los herederos del dictador Francisco Franco devolver el pazo de Meirás. Campo anunció la petición tras mantener un encuentro telemático con el jefe de la Abogacía del Estado, Javier Suárez, la abogada del Estado Adela Álvarez y el delegado del Gobierno en Galicia, Javier Losada, a los que agradeció la "magnífica investigación llevada a cabo en este caso".

Tras el encuentro, el ministro explicó que con la solicitud de ejecución provisional del fallo pretenden que sea el Estado el que asuma ya la gestión de este Bien de Interés Cultural y apartar a la Fundación Francisco Franco, que actualmente gestiona las visitas. "Es una reclamación de la ciudadanía, las instituciones y administraciones", apuntó. El anuncio llega después de que la Xunta, el Concello de Sada y la Diputación pidiesen la ejecución provisional del fallo y avanzasen su adhesión a la solicitud. "Ni un minuto más con los herederos del dictador detentando el pazo de Meirás", resumía ayer el Concello de Sada.

La Abogacía del Estado ultima además la contestación al recurso que la familia Franco ha presentado contra una sentencia que considera "sesgada". El Concello de Sada presentó ya ayer su escrito de respuesta: 86 páginas en el que el Ayuntamiento sadense intenta desmontar punto por punto los argumentos esgrimidos por los Franco.

En su contestación, a la que ha tenido acceso este diario, el Concello de Sada rechaza, por "manifiestamente improcedente" e "inviable", la pretensión de los herederos del dictador de excluir el contexto histórico y limitar el pleito a un debate sobre usucapión, dominio público o cuestiones relativas a la propiedad. "Pretender que en 1938, en plena guerra civil, con Galicia bajo la dictadura militar que encarnaba el Régimen, se descontextualice la intervención y naturaleza de entidades como al Junta Pro Pazo, [...], constituidas y promovidas al amparo, tutela y dependencia de dicho régimen y de los aparatos, administraciones y poderes del Estado es, sencillamente, pretender desconocer no solo los hechos probados, sino sus consecuencias jurídicas", incide el Concello en su recurso, que remarca que en ese momento había "una identidad absoluta entre Franco, persona física, y Franco, persona jurídica, dado que asumía todos los poderes del Estado".

En su escrito, el Ayuntamiento llama la atención sobre la importancia de tener en cuenta el "carácter único del caso" por las circunstancias históricas que lo rodean, una necesidad a la que también apuntó el Tribunal Supremo en la sentencia sobre la exhumación de los restos de Franco del Valle de los Caídos.

Argumenta el Concello que en el juicio se presentó profusa documentación y testificales que demuestran que las operaciones de transmisión del pazo de 1938 y 1941 "se realizaron a favor de una persona que detentaba todos los poderes del Estado y en su condición de Jefe del Estado y Caudillo de España". "Ha quedado acreditado que la voluntad de la Junta Pro Pazo (de la que formaban partes cargos del régimen) era la adquisición y transmisión del pazo al Jefe del Estado y Caudillo de España, Francisco Franco". Apela además al informe de un teniente coronel de la Falange de 1939 que no solo demuestra la participación institucional en la compra (acreditada también en numerosas actas de las administraciones) sino el carácter "eminentemente coactivo de las donaciones". "La prueba es demoledora", subraya.

Sobre la escritura de 1941 por la que Franco inscribió el pazo a su nombre tres años después de su compra por parte de la Junta Pro Pazo para donárselo al Jefe del Estado, el Concello defiende que, tal y como concluye la jueza de primera instancia, no hay duda de su carácter fraudulento. No solo porque, tal y como admiten los herederos, Franco no abonó ninguna cantidad, "lo que conllevaría necesariamente a la declaración de simulación absoluta del negocio", sino porque "no puede venderse un bien que ya ha sido transmitido previamente a otro". La existencia de supuestas irregularidades en la escritura de 1938 que el dictador pretendía "solventar" en la de 1941 a las que alegan los Franco, no son de suficiente entidad, alega el Concello, como para decretar su nulidad y no podían ser la causa dado que la primera escritura fue ocultada "de forma consciente".

El Concello defiende también que el Estado se hizo con la propiedad por usucapión por su posesión pública, pacífica e ininterrumpidamente durante toda la dictadura, en la que el pazo de Meirás e incide en que no hay pruebas de que Franco asumiese ningún gasto. Sada rechaza también que se abone cualquier indemnización a los Franco al ver probada la mala fe en la posesión: "Es demostrativo de la existencia de un conocimiento cabal y real del vicio del título original que ostentan y que ampara su posesión".