La Opinión de A Coruña

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La Audiencia absuelve al edil de Urbanismo de Arteixo y condena al vecino por una pelea

El fallo ve probado que el concejal fue víctima de una agresión por parte de un residente que le recriminaba que no solucionase un problema del suministro de agua en casa de su madre

El vecino de Arteixo condenado por agredir al concejal de Urbanismo, durante el juicio. LOC

La Audiencia Provincial ha absuelto al concejal de Urbanismo del Concello de Arteixo, Alberto Castro, del delito leve de lesiones que le imputaba la Fiscalía Provincial por una pelea ocurrida en 2018 y ha condenado al otro acusado, un vecino de iniciales F. C., de cometer un delito de atentado a la autoridad y de un delito de lesiones, por los cuales le ha impuesto un año de cárcel y el pago de una multa de 2.520 euros. Además, a este último le obliga a indemnizar a la víctima con 1.588 euros. El fallo es recurrible ante el Tribunal Superior.

Los hechos se remontan al 17 de noviembre de 2018, sobre las 10.50 horas, momento en el que se produjo el enfrentamiento, que tuvo el origen en un corte en el suministro de agua en la vivienda de la madre del ahora condenado. La sentencia recoge que esta persona se encontró con el concejal cuando ambos conducían por la carretera AC-552, que enlaza A Coruña y Carballo, y en el cruce que va al campo de golf de Larín se bajó del coche e hizo gestos al edil para que se detuviese, cosa que hizo. Al bajar la ventanilla, el vecino empezó a recriminarle el problema del agua, “dando patadas y golpes en el vehículo” e insultándolo para, a continuación, introducirse en su interior del vehículo y forcejear con él, “llegando a ponerle una rodilla sobre el pecho”, según recoge la sentencia. Posteriormente, abandonó el lugar.

El fiscal reclamaba un delito leve de lesiones para el edil. Sin embargo, el tribunal considera que “no se ha probado debidamente” que el concejal “respondiese con golpes al ataque iniciado” por el residente, con lo que decide absolverlo. Como consecuencia de los hechos, el concejal de Urbanismo sufrió heridas, de las que tardó en curar treinta días.

Los jueces indican en el fallo que estiman probada la versión del concejal respecto al incidente porque la del condenado, que intentó desvincularlo del problema del agua, es “ sencillamente insostenible”. También explican que Alberto Castro “no desarrolló ninguna actuación ofensiva” contra el agresor porque “no estuvo físicamente en condiciones de hacerlo”. La sentencia señala que el enfrentamiento fue “sorpresivo”, que el edil “no se bajó del vehículo en ningún momento”, además de que llevaba puesto el cinturón de seguridad y que se encontraba inmovilizado por su oponente en la pelea.

El fallo recoge que el testimonio de la víctima está refrendado por dos testigos, uno de los cuales hablaba con el concejal por teléfono y, el otro, se encontraba a unos metros de distancia del lugar de los hechos. Y, además, recalca que la versión de la víctima se corresponde “con el distinto resultado lesivo que presentaron los intervinientes”. Los magistrados destacan que el edil “tuvo heridas de cierta consideración, particularmente en la zona del esternón, lo que casa con su versión de que le puso una rodilla sobre el pecho”.

En cuanto a la calificación como delito de atentado, la Sala indica que el condenado cometió los hechos “por la animadversión que sintió por el concejal cuando él y su familia le solicitaron personalmente una solución a su problema de corte de agua y no la obtuvieron”. Además, resalta que hubo “una embestida o ataque violento” contra el edil, el cual produjo un resultado lesivo, y que el agresor admitió que conocía la condición de concejal de la víctima.

El agresor, según el fallo, se enfrentó al concejal por no solucionar los problemas de corte de suministro de agua que sufría su madre, pues consideraba que era competencia del departamento que dirigía el afectado, aunque realmente no lo era.

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