El Superior rechaza subir de 45.000 a 140.000 la indemnización de Culleredo a unos vecinos

Un juzgado dio la razón a unos particulares que denunciaron que el Concello incumplió un convenio para ampliar la Casa Consistorial, pero éstos recurrieron al ver insuficiente la suma

Casa Consistorial de Culleredo.

Casa Consistorial de Culleredo. / Víctor Echave

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo Número 1 de A Coruña dictaminó en diciembre de 2022 que el Ayuntamiento de Culleredo tenía que indemnizar a unos particulares con 45.792 euros al estimar la demanda de estos afectados que alegaron el incumplimiento del Concello de un convenio urbanístico de 2002. El juzgado les dio la razón en que tenían derecho a ser compensados y entonces recurrieron esta sentencia ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) al entender que además de tener razón merecían una indemnización mayor, concretamente el triple: 139.291 euros. El Superior acaba de fallar ahora esta demanda desestimando su pretensión de elevar la indemnización y además, les condena a pagar mil euros de costas. La resolución no es firme, pueden apelar aún ante el Tribunal Supremo.

El pleito se inició cuando dos vecinos firmaron un convenio urbanístico con el Concello de Culleredo en 2002 mediante el que ellos cedían una parcela colindante a la Casa Consistorial, que se pretendía ampliar, y a cambio la Administración local les reclasificaba un suelo como urbanizable en A Zapateira, algo que no sucedió, por lo que reclamaron el cumplimiento del acuerdo en 2013, luego en 2014 y después en 2019, sin que Culleredo les hiciese caso, por lo que al final presentaron el recurso judicial contra la desestimación de su petición por silencio administrativo.

El Ayuntamiento alegó que el plan general aprobado de forma inicial en 2013 estaba pendiente de aprobación provisional para cumplir con la clasificación del terreno, pero la jueza determinó que “un retraso tan prolongado en el cumplimiento de las obligaciones equivale a un incumplimiento”.

El juzgado condenó al Concello a pagarles una indemnización por este incumplimiento del convenio, 45.792 euros más los intereses legales desde febrero de 2004, fecha en la que cedieron la parcela. La cantidad se determinó por el valor estimado del terreno que entregaron, según el cálculo de un perito judicial. El perito de los afectados valoraba la finca en 109.419 euros y el Concello en solo 16.156 euros, tres cálculos con grandes diferencias.

El TSXG destacó que los propios particulares reconocieron que cuando se valoró el terreno, en 2004, la parcela no tenía licencia de edificación, por lo que fue correcto aplicar el método residual dinámico para la tasación, al ser un solar con calificación de equipamiento administrativo. Señaló que la valoración de los propietarios es “desproporcionada”, al comparar precios con zonas de valor muy superior. Concluyó así que la tasación inicial fue correcta.

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