Multa de 1.806 euros a un vecino de Oza-Cesuras por insultar en Facebook a un concejal
El Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña le impone una orden de alejamiento de 100 metros y una indemnización de 1.000 euros al edil afectado
El Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña ha declarado culpable a un vecino de Oza-Cesuras por insultar de forma reiterada a un concejal en Facebook. El juez le ha impuesto una multa de 1.806 euros al responsabilizarlo de un delito continuado de injurias con publicidad en la red social. También deberá indemnizar al edil afectado con 1.000 euros en concepto de responsabilidad civil. No podrá acercarse a menos de 100 metros de la víctima, ni de su domicilio ni de su lugar de trabajo.
Según indica la sentencia, vecino condenado publicó en Facebook "numerosos mensajes en los que alude directamente al denunciante", que ocupa actualmente la concejalía de Urbanismo. En los mensajes, el juez constata que se alude a los hijos de la víctima "con el propósito de menoscabar su honorabilidad en el desempeño de sus funciones en el Concello". Entre los descalificativos recogidos se encuentran expresiones tales como "pola cagada coñécese o animal", "vivindo do conto. Nin oficio nin beneficio, todo pa saca", “animal con roupa” o "pailán honorario que non supera o graduado escolar nin un test psicolóxico. A súa enfermidade mental xustifica o acorralamento que padezo".
El magistrado consideró en su resolución que, a pesar de que se aprecia una crítica a la actuación del concejal, dentro del texto destacan "un conjunto de improperios, no solo dirigidos a él, sino también personalizados en dos de sus hijos". Resolvió que el acusado vertió esos mensajes para "para despacharse a gusto con el concejal y su familia, acusándolo de actuar de manera prevaricadora", según reza la sentencia. Al margen de la veracidad de las acusaciones, subraya que estas fueron "innecesariamente ofensivas" y "resultan impertinentes". De este modo, sentencia que "lesionó la honra" del edil. Así, debe pagar en total 2.806 euros: 1.806 de multa y otros 1.000, como indemnización.
La sentencia no es firme y cabe presentar recurso ante la Audiencia Provincial.
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