Queda tan solo un mes para que entre en vigor la obligación de desembarque, la norma que prohíbe el descarte pesquero en aguas de la Unión Europea. Sin embargo, todavía no está claro cómo esta medida, que se antoja como una revolución, va a afectar a la flota. Y es que a punto de entrar en diciembre España sigue con los trámites para adaptar la normativa a este nuevo -y difícil- requerimiento. Si en verano sacó a consulta pública las modificaciones en las órdenes que regulan las flotas, ahora hace lo propio con la orden por la que fijará las normas para la aplicación de exenciones a la obligación de desembarco y para la mejora en la selectividad. En este último caso, desde Madrid planean obligar al uso de nuevas redes en Gran Sol a partir de 2020, además del uso de medios aéreos para controlar que se cumple con la normativa.

El texto, al que se pueden presentar alegaciones hasta el día 12 de diciembre, recoge la gestión de las medidas previstas por la Comisión Europea relativas a las exenciones de minimis, por alta supervivencia -como es el caso de la raya- o interespecies. En los tres casos recuerdan que estos descartes que sí serán permitidos deben anotarse en el diario de abordo. Además, en los dos últimos casos, la Secretaría General de Pesca publicará mediante resolución la lista de especies que pueden ser objeto de librarse de la norma debido a su alta supervivencia o por el uso de la flexibilidad interespecies.

El Ministerio de Pesca incluye en el artículo 4 del citado proyecto de orden las medidas para incrementar la selectividad de las artes de pesca, una medida que afecta a las pesquerías mixtas, como en Gran Sol. El texto señala que, a la luz de la información científica disponible en ese momento, se opta por incluir "la descripción de los dispositivos que han demostrado generar una mejora selectiva importante". En concreto, se refiere a los buques arrastreros de fondo que faenan en las zonas VIa y VII (que corresponden al caladero Gran Sol), que deberán incorporar un panel de malla cuadrado al arte de pesca -con unas medidas concretas- en el primer caso y un copo de malla T90 -tiene forma de diamante similar a la que se usa en la actualidad, pero girada 90 grados- en el segundo.

Pesca prevé que su utilización sea "de carácter voluntario" en 2019, pero que a partir de 2020 en adelante "todos los buques deberán disponer obligatoriamente de dichas medidas selectivas".

El artículo 6, por otro lado, hace referencia al "control de las capturas y medidas de inspección", un tema que crea controversia ya que el descarte es una práctica que se hace a bordo del barco y lejos del puerto. Y es que mucho se ha hablado de la incorporación o no de cámaras a bordo de los pesqueros para controlar esta materia. Sin embargo, el texto que está a consulta pública no hace referencia alguna a esta posibilidad y se ciñe a controles en puerto, en alta mar y "mediante medios aéreos".

La propia Comisión Europea propuso el uso de cámaras a bordo para vigilar el cumplimiento de esta normativa, mientras que la Agencia Europea de Control de la Pesca (EFCA, en inglés), con sede en Galicia, proyecta el uso de drones para controlar los buques.