Esta es la pensión de la Seguridad Social que ya pueden pedir los amos y las amas de casa

La Seguridad Social tiene una pensión no contributiva disponible para amas y amos de casa

Esta es la ayuda del SEPE para amas de casa mayores de 45 años

Esta es la ayuda del SEPE para amas de casa mayores de 45 años / AGENCIAS

Gabriel Carey Cárcoba

Este año ha sido el primero en el que las trabajadoras del hogar han empezado a estar dadas de alta en la Seguridad Social de forma obligatoria. Por esto, estas pueden disfrutar de distintas prestaciones y subsidios por desempleo, y hasta tienen acceso al sistema de pensiones de jubilación de la Seguridad Social, siempre y cuando cumplan los requisitos.

Sin embargo, las amas y amos de casa han estado ocupándose de la casa durante toda su vida y no cotizan. ¿Qué ocurre con sus pensiones?

La pensión que pueden pedir las amas y los amos de casa

Las amas y amos de casa han pasado toda su vida realizando las tareas del hogar y cuidando de los hijos o de los abuelos cuando nadie más lo hacía, pero no reciben ni un céntimo por su trabajo. No cotizan, por lo que no tienen derecho a recibir prestaciones o subsidios por desempleo. Por suerte para estas personas, el sistema de pensiones tiene reservada una prestación no contributiva que estas personas sí pueden percibir, si es que cumplen los requisitos.

Requisitos para la pensión de las amas y amos de casa

Además de que el beneficiario no puede tener derecho a percibir la pensión contributiva de jubilación, se deben cumplir estos requisitos adicionales:

  • Debe tener 65 años
  • Debe ser ciudadano español o tener residencia legal en España: al menos durante 10 años, de los cuales dos tienen que haber sido consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha en la que se solicita la prestación.
  • Debe tener ingresos inferiores a 6.784,54 euros anuales

Respecto a este último requisito, si se convive con familiar y los ingresos son superiores a los establecidos, se entiende que se cumple con el requisito de rentas cuando la suma o los ingresos anuales de todos los miembros sean inferiores a las cuantías establecidas. Por ejemplo, si convive solo con su cónyuge, pareja legal y/o parientes consanguíneos de segundo grado, las cuantías para acceder serán las siguientes:

  • Dos o más convivientes: la suma de rentas o ingresos debe ser igual o inferior a 11.533,72 euros.
  • Tres convivientes: 16.282,90 euros.
  • Cuatro convivientes o más: 21.032,08 euros.

Cuantía de la pensión no contributiva para amas y amos de casa

La pensión íntegra son 484,64 euros al mes (6.784,54 euros al año) y la mínima son 121,15 euros mensuales (1.696,14 euros anuales). La cuantía definitiva dependerá de los ingresos del solicitante.