El juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 de A Coruña ha desestimado el recurso presentado por los grupos de la oposición de Vimianzo para que se celebrase el pleno de la moción de censura como medida cautelar mientras se resolvía el contencioso que presentó al no poder debatirse la moción por varios defectos formales. El juez entiende que las medidas solicitadas en el recurso "están relacionadas directamente con las cuestiones de fondo objeto del presente procedimiento: celebración o no del pleno, legalidad o ilegalidad de una resolución del secretario del Concello, competencia del señor alcalde, situación de urgencia...", por lo que habrá que esperar a las conclusiones finales del recurso contencioso que continúa su curso judicial.

En el auto también se recuerda que este caso se tramita por el cauce de los derechos fundamentales porque así lo pidieron los demandantes "al entender que sus derechos han sido violados por el proceder del Concello, la Administración demandada, y a tal conclusión solo se podrá llegar una vez tramitado y concluido el procedimiento que nos ocupa con una sentencia que sobre la base de cuestiones formales o de fondo llegue a la conclusión de que han sido violados o no sus derechos fundamentales".

Además, el fiscal remitió un escrito al juzgado en el que se opone al recurso contencioso "considerando conforme a derecho la actuación del Ayuntamiento". Para el Gobierno local de Vimianzo este aval a la actuación del Concello significa que se ha obrado de forma correcta, por lo que espera que el juez se pronuncie en el mismo sentido. Se espera una resolución en un plazo aproximo de dos meses.

La moción de censura contra el alcalde del BNG, Manuel Antelo, fue presentada el pasado 2 de marzo por tres ediles independientes, dos del PP y dos del PSOE. Los dos concejales socialistas fueron expulsados de forma inmediata del partido, de ahí que no pudiese prosperar la moción de censura al no llegar a la mayoría absoluta, en una Corporación de trece miembros. Además, el Gobierno alegó defectos formales porque el texto de la moción no estaba firmada por el secretario del Concello, de ahí que el asunto acabase en el juzgado. Los ediles del PSOE también recurrieron su expulsión del partido.