El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acaba de ratificar una sentencia de marzo de este año del Juzgado de lo Social Número 1 que ordenó al Ayuntamiento de Oleiros readmitir a una trabajadora que había despedido por decreto en agosto del año pasado en las mismas condiciones que antes de echarla y el abono de 5.162 euros de salarios, o en caso contrario a indemnizarla con 16.000 euros.

El Ejecutivo afirmó que era un despido disciplinario porque mientras la trabajadora estaba de baja por incapacidad temporal se presentó a unas pruebas de la Consellería de Educación para unas listas de sustitución.

El Superior considera que está acreditada con informes médicos la dolencia de la trabajadora y su tratamiento y seguimiento médico e incluso pidió autorización a su facultativo para acudir al examen por lo que actuó "de buena fe". Agrega que "no toda la actividad" desarrollada durante una incapacidad temporal es "conducta desleal sancionable con despido",