La Dirección General de la Marina Mercante encargó las dos últimas revisiones realizadas al Ficha Segundo antes de naufragar a dos inspectores que no cuentan con la formación específica para comprobar la estructura del buque o su estabilidad. Un funcionario de la Capitanía Marítima de A Coruña y otro de la de Vilagarcía realizaron sendas revisiones con cinco meses de diferencia y expidieron un certificado de navegabilidad, un documento que acredita que el barco cumple con todos los requisitos técnicos y de seguridad para navegar. La legislación establece que este documento se renueve cada cuatro años tras someter al buque a un reconocimiento exhaustivo de cada uno de los elementos del barco.

El Real Decreto 1837/2000 que regula las inspecciones en buques civiles exige el título oficial de ingeniero naval o ingeniero naval y oceánico a los inspectores navales, los únicos autorizados para "el seguimiento o supervisión de todas las actividades inspectoras relativas a la estructura y estabilidad del buque". Pero los dos funcionarios que realizaron las últimas revisiones del Ficha Segundo antes de su naufragio -en el que el pasado día 15 falleció el engrasador del pesquero- no son inspectores navales, sino inspectores marítimos náuticos; es decir, licenciados en Náutica. La Capitanía Marítima de A Coruña tiene actualmente en plantilla a tres ingenieros navales, aunque ninguno de ellos supervisó en 2009 el estado del arrastrero hundido.

La Dirección General de la Marina Mercante reconoció a preguntas de LA OPINIÓN que ninguno de estos inspectores es ingeniero naval, aunque aseguró que el Real Decreto 1837/2000 permite a los funcionarios del área de inspección hacer revisiones que no sean propias de su especialidad, y hace referencia a un apartado cuya redacción es sumamente abierta.

El punto 12 del artículo 9 del decreto establece: "Siempre que su formación y experiencia le capaciten para ello, un inspector o subinspector podrá realizar las funciones que no son propias de su especialidad, bajo la dirección o supervisión de otro inspector cuya especialidad sí cubra dichas funciones". Marina Mercante entiende así que las inspecciones que realizan funcionarios sin capacitación específica están respaldadas por la Subdirección General de Inspección Marítima. La institución, que depende del Ministerio de Fomento, defiende que cumple con su función de velar "por el cumplimiento de los estándares de seguridad de las embarcaciones".

El subdirector general de la Marina Mercante, Alfredo de la Torre, firmó en 2002 una instrucción de servicio en la que autorizaba al área de inspección coruñesa a echar mano de los inspectores marítimos -licenciados en Náutica- para revisar buques de menos de 15 metros de eslora. El Ficha Segundo tiene 23. La interpretación de la ley que hace la Dirección General de la Marina Mercante choca además con la realizada por el cuerpo de ingenieros navales, que acusa al Gobierno de fomentar el intrusismo profesional. Y es que el del Ficha Segundo no es el único caso en que un inspector marítimo otorgó un certificado de navegabilidad tras reconocer la estructura de un barco aún sin tener formación específica para ello.

El Colegio de Ingenieros Navales ha denunciado en los tribunales en los últimos años decenas de casos como el del pesquero ribeirense, según explicó el director de gestión de la entidad, Miguel Moreno. "Todos los casos que hemos conocido y en los que han aparecido documentos oficiales firmados por personas que no tienen la capacitación adecuada para expedirlos, los hemos recurrido por intrusismo profesional", expone. Y el del Ficha Segundo puede sumarse a la lista de denuncias, dado que un miembro del colegio ha denunciado ante su Ejecutiva la existencia de los dos certificados de navegabilidad otorgados en A Coruña y Vilagarcía. La entidad decidirá sobre una posible denuncia en las próximas semanas.

La diferente capacitación entre los inspectores marítimos y los navales fue defendida por una sentencia en la que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) desestimó en 2005 un recurso de tres funcionarios de la capitanía coruñesa contra una reclasificación de puestos de trabajo aprobada por Fomento en 2002. Los inspectores solicitaban una equiparación salarial con los ingenieros. El TSXG concluyó que el Real Decreto 1837/2000 deja claras las diferentes atribuciones del cuerpo de ingenieros y el de marinos, "avala la superior preparación de los inspectores navales y justifica la superior dificultad técnica y responsabilidad de los puestos de inspector de construcción naval...".

El fallo del alto tribunal gallego menciona el escrito que De la Torre firmó en 2002 para recordar cómo autorizó a dos de los inspectores marítimos de A Coruña "a realizar determinadas (sin decir todas) funciones inherentes a la especialidad de inspectores navales y de máquinas e inspecciones radiomarítimas en barcos de pequeño porte".

Pero, ¿por qué el Ficha Segundo fue revisado dos veces con cinco meses de diferencia cuando el certificado de navegabilidad se renueva cada cuatro años? La Dirección General de la Marina Mercante no aclaró este aspecto. Los dos documentos llegan a la misma conclusión, que el buque presenta un estado satisfactorio, aunque se contradicen en cuanto a las fechas y al tipo de reconocimientos -a flote o en seco- a los que fue sometido el arrastrero. El primer certificado de navegabilidad obtenido por el Ficha Segundo en 2009 fue expedido el 6 de agosto tras una inspección practicada el 15 de julio en un astillero de O Freixo, en el municipio coruñés de Serra de Outes. Según ha podido saber este diario, el documento especifica que el buque es sometido ese día a una inspección en seco y establece en sus notas que debe pasar la revisión a flote dos meses después, tras lo que podrá obtener el certificado de navegabilidad.

El segundo certificado fue emitido por la Capitanía Marítima de Vilagarcía el 29 de diciembre pasado -tres meses después del plazo establecido- tras una nueva supervisión a cargo de otro inspector marítimo que en el documento asegura que el último reconocimiento en seco practicado al Ficha Segundo se realizó el 15 de julio en Vilagarcía de Arousa (y no en Outes, como aseguraba el primer documento). Las observaciones que el funcionario añade al final del documento son idénticas a las del primer certificado: "superados reconocimientos de seguridad y a flote se puede expedir el certificado...".

El autor de la primera inspección atribuye las contradicciones con su compañero de Vilagarcía a que éste cometió diversos errores al cumplimentar el certificado que expidió y modificó así los datos que él había introducido en el programa informático. Asegura además que los marinos realizan inspecciones de buques porque así lo ordena Marina Mercante, que les considera tan competentes como a los ingenieros para estas tareas.