Un juez coruñés rechaza realizar juicios sin la presencia de letrados judiciales

Defiende que la función de los antes llamados secretarios judiciales, que prevén concluir hoy una huelga que ha durado más de dos meses, es “esencial” y “no puede ser suplantada”

Celebración de un juicio en A Coruña. |   // CASTELEIRO/ROLLER AGENCIA

Celebración de un juicio en A Coruña. | // CASTELEIRO/ROLLER AGENCIA / Ana Carro

El Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 8 de A Coruña ha rechazado la celebración de vistas, audiencias, juicios o comparecencias ya señalados sin la presencia de letrados judiciales. Así lo recoge la sentencia con la que responde a la solicitud de hace solo unos días para la celebración de una audiencia sin la figura de lo que antes se conocía como secretario judicial, que iniciaron la huelga el 24 de enero para demandar mejoras económicas y laborales, aunque esperan ponerle fin hoy al llegar a un acuerdo con el Ministerio de Justicia.

El juez Antonio Fraga considera la labor de los letrados judiciales un “servicio esencial”, y defiende que si estos profesionales se encuentran en huelga, es necesario habilitar unos “servicios mínimos” pero “no rehuir los efectos” del paro.

La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados se posicionó de lado contrario. Junto a la petición de la celebración de una audiencia previa sin letrados se incluía un comunicado de esta entidad con argumentos en favor de la posibilidad de celebrar vistas, audiencias, juicios o comparecencias ya señalados. Pero el Magistrado-Juez no lo ve así. En el fallo, y guiándose por la Ley de Enjuiciamiento Civil, explica el papel que desempeñan estos profesionales, a quienes les “corresponde, con exclusividad y plenitud, el ejercicio de la fe pública judicial en las actuaciones procesales”. Cabe destacar que, según la RAE, la fe pública es la “Autoridad legítima atribuida a (…) secretarios de juzgados, tribunales (…) para que los documentos que autorizan en debida forma sean considerados como auténticos y lo contenido en ellos sea tenido por verdadero, mientras no se haga prueba en contrario”. Con esta idea, el juez señala que “su función no puede ser suplantada”, pues, sin la presencia de los letrados, “el acto procesal no es válido”. “Es el único depositario de la fe pública judicial”, recoge el fallo.

Destaca también que todas “las actuaciones procesales que no consistan en escritos y documentos se documentarán mediante actas y diligencias”, un trabajo que corresponde también a estos profesionales, que iniciaron la huelga hace dos meses para conseguir su adecuación salarial ya que, desde 2010, han ido ganando competencias, pero su salario no ha aumentado. Se encargan, entre otras cosas, de garantizar la autenticidad de lo grabado o reproducido cuando se utilicen medios técnicos de grabación o reproducción.

Esas actas que se elaboran son “documentos autorizados por el Letrado de la Administración de Justicia que da autenticidad a su existencia y contenido”, indica en el fallo como argumento para rechazar la celebración de juicios u otros actos procesales sin la presencia de un secretario judicial.

Estos profesionales también tienen la responsabilidad de ordenar y firmar los pagos con el dinero que está en las cuentas de los juzgados, por lo que muchos de estos movimientos no se pudieron realizar en los dos últimos meses por el paro al que esperan poner fin hoy.

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