El Concello de A Coruña exige título municipal y alta en el impuesto de actividades a los pisos turísticos

Hasta ahora podían abrir solo con un permiso a la Xunta, pero el Ayuntamiento les pedirá un título municipal y pagar una tasa | Podrá cesar su actividad o suspenderla cautelarmente

Edificio de pisos turísticos (el que tiene ventanas que resaltan de la fachada) en Argudín Bolívar. |   // V. E.

Edificio de pisos turísticos (el que tiene ventanas que resaltan de la fachada) en Argudín Bolívar. | // V. E. / Enrique Carballo

Ya no bastará con registrarse ante la Xunta para abrir un piso turístico en A Coruña: también será necesario realizar una comunicación al Ayuntamiento, pagar la tasa correspondiente y darle de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), si bien la mayoría de propietarios no tendrán que abonarlo porque hay una exención para los que tengan un cifra de negocios inferior a un millón de euros. Estas exigencias forman parte del informe enviado por el Concello al Gobierno gallego en el que le comunica, como había anunciado, que pasa a considerar las viviendas turísticas como negocios y a prohibir su apertura, con carácter general, fuera de bajos, primeros pisos y edificios exclusivos.

El informe señala que un piso turístico requiere de “título habilitante municipal”, que en este caso es una comunicación al Concello previa a la apertura. Los propietarios deben acompañar esta petición con un alta en el Impuesto de Actividades Económicas, bien en el epígrafe 685 si “prestan servicios de hospedaje” o en el 861.1 si no es así, y un justificante de pago de la tasa de tramitación de expediente de actividad. Además, deben incluir un justificante de que han presentado una declaración responsable para abrir el piso ante la Axencia de Turismo de Galicia e inscribirlo en el registro autonómico correspondiente. Esto es, el trámite que ya tenía que hacer hasta ahora.

El informe municipal también señala que el piso deberá limitarse a los usos que permite la normativa urbanística. En la mayor parte de los barrios, que se rigen por el plan general, se limitarán o bien a edificios exclusivos o, si el inmueble está incluye viviendas convencionales, a un bajo o a un primero piso, siempre que este no quede justo encima de un piso residencial. Según avanzó este diario, con este criterio la mayoría de viviendas turísticas ya existentes en los barrios quedan prohibidas.

En la Ciudad Vieja y Pescadería, con un plan especial, los pisos turísticos se permiten en edificios exclusivos, y, en las zonas de Pescadería Norte y Ensanche, en planta inferior a la baja, planta baja y plantas altas vinculadas a esta.

Si un propietario dedica su propiedad a uso turístico sin haber presentado esta comunicación previa, el Concello puede suspender cautelarmente la actividad “mientras no regulariza su situación”, de acuerdo con el informe municipal, que explica su “criterio interpretativo” de la legislación. Y, si el piso está en “incompatibilidad con el planeamiento municipal”, esto es, fuera de los lugares previstos en el plan general, “acordar el cese de actividad” antes de iniciar un procedimiento de reposición de la legalidad urbanística.

Las viviendas en las que la Xunta no comprobó si cumplían en plan general deberán cerrarse

El Gobierno local comunica a la Xunta que, cuando un dueño pida inscribir su vivienda como piso turístico, compruebe si está en una de las zonas permitidas por el planeamiento municipal, y la vete si no es así. En el caso de que esta comprobación no se hubiese producido, y la localización sea incompatible con el planeamiento “debería producirse la baja” del piso turístico y cancelar su inscripción en el registro autonómico. Siguiendo esto, si el Ayuntamiento, o particulares, demandan el cierre de un piso que esté en una segunda planta o superior, fuera del plan general, este debería clausurarse.

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