El Ayuntamiento de Culleredo deberá tener elaborada en mayo una nueva propuesta de liquidación —la segunda— del contrato de construcción y explotación del Centro Logístico de Transportes (CLT) de Ledoño, rescatado. El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de A Coruña dio al Concello sesenta días de plazo para liquidar de nuevo los bienes del parque en un auto de fecha del 10 de marzo que ordena, a petición de la concesionaria, Obralar, la ejecución provisional de la sentencia emitida el pasado mes de septiembre, que tumbó la liquidación aprobada por el Ayuntamiento en 2017, en la que reclamaba 1,3 millones de euros a la empresa, que por su parte reclamó 17, y ordenó repetirla. El Concello de Culleredo eludió ayer explicar la implicación de este auto y aclarar si ha presentado recurso de reposición en el plazo habilitado.

El auto judicial se emite después de que Obralar presentara un escrito el 15 de enero en el que formulaba una demanda ejecutiva y reclamaba la ejecución provisional de la sentencia que revocaba la liquidación elaborada por el Concello —aprobada en pleno por el Gobierno local (PSOE) en solitario, con los votos en contra de Alternativa dos Veciños y la abstención de los demás grupos— y ordenaba realizar una nueva. El fallo judicial esclarecía qué bienes debían saldarse en el proceso y de cuáles habría que revisar su valoración.

El Ayuntamiento solicitó en febrero que se desestimase la ejecución provisional de la sentencia o, en su defecto, se obligase a Obralar a “prestar caución suficiente, en forma de aval bancario o depósito en efectivo, en la cantidad de 17,17 millones de euros, para responder de los daños y perjuicios que pudieran irrogarse por la ejecución anticipada de la sentencia”.

El juez ve “ciertamente sorprendente” la solicitud del Concello “pues la demandada [el Concello] no accionó apelación alguna frente a dicha sentencia”. Dicta que, de acuerdo a los posibles efectos de la apelación pendiente, que interpuso Obralar para reformular sus peticiones, no quedarán mermados los derechos del Ayuntamiento con la ejecución provisional. “En el derecho a la tutela judicial, que ostenta la demandada, no se integra el derecho a dilatar, sin fundamento alguno, la ejecución de un título ya no revocable, en los extremos cuya ejecución provisional se pretende”, recoge la sentencia.

“Por idéntico orden de razones [...] carece de sentido alguno la imposición de caución, debiendo recordar primero que la sentencia cuya ejecución provisional se insta condena a la Administración demandada a practicar una nueva liquidación [...], ese es el alcance y los límites de la condena y justamente en los términos ya aceptados por la Administración demandada al no apelar dicha sentencia.

Obralar presentó recurso de apelación a la totalidad de la sentencia, pese a que reconocía parte de sus reclamaciones, en el que reclamó hasta 9,8 millones, frente a la indemnización de 17,17 millones de euros y liquidación subsidiaria de 6,14 millones de euros que había demandado en su recurso contra la liquidación aprobada por el Ayuntamiento en 2017. El Concello no recurrió el fallo pero sí presentó oposición al recurso de la empresa, “tras valorar el fallo atendiendo a los intereses buscados por el Ayuntamiento y su estrategia de defensa”, argumentó.

El BNG recuerda que la secretaria municipal había advertido en diversos informes desde 2004 de que el contrato de concesión era nulo de pleno derecho por permitir la venta de parcelas que habían sido expropiadas. “Ahora parece que esas ventas no computan para establecer el saldo que pertenecería a Culleredo”, señala. Insiste en reclamar que se depuren responsabilidades por lo que podría “hipotecar el futuro de Culleredo”. El Concello recuerda que la sentencia no es firme y acusa al BNG de “tener en cuenta solo una parte de la historia” y actuar “con fines partidistas.