El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de confirmar la sentencia que emitió un juzgado en 2020 condenando a Unión Fenosa Distribución a abonar al Ayuntamiento de Oleiros 31.215 euros por una tala de arbolado realizada en 2017 en el parque metropolitano de Liáns, porque al eliminar ramas y ejemplares en las márgenes del cableado eléctrico, también eliminaron varios ejemplares de ribera y según denunció el Concello, sin su autorización.

Unión Fenosa recurrió el fallo del juzgado pero ahora el Superior lo ha respaldado al desestimar dicha apelación y además le impone el pago de las costas. Aún así la empresa puede acudir al tribunal Supremo.

La compañía eléctrica alegó que se había producido un error al no examinar la documentación que presentó, sobre tareas de limpieza necesarias para proteger las líneas ante la “pasividad” del Concello de Oleiros. Recordó también que la tala tenía autorización de Augas de Galicia y fue notificada ante el Concello y éste pidió una planimetría. Respecto a estos planos admitió un posible error.

El TSXG sin embargo desestimó los argumentos de Fenosa “ya que no se desvirtúa ninguno de los razonamientos de la sentencia” y el escrito del recurso contra dicha sentencia “no se fundaba en ninguna de las causas tasadas” en la legislación por lo que “es conforme a derecho su inadmisión”.