La Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda ha confirmado que apelará ante la Audiencia Provincial la sentencia del Juzgado de Primera Instancia Número 8 de A Coruña que ha condenado a Xestur (organismo de gestión del suelo) a abonar 950.579 euros más intereses a los propietarios de 27 viviendas y locales situados en tres de los cinco bloques de vivienda colectiva que construyó en Mesón da Auga en O Carballo, por las deficiencias de construcción que les causan filtraciones y condensaciones dentro de sus casas desde hace años.

La Xunta subraya que este fallo judicial “se basa en un incumplimiento de contrato por parte de la empresa pública pero solo tiene en cuenta el informe pericial presentado por los demandantes, no los informes presentados por la parte demandada ni las testificales”. Xestur, organismo público que depende de la consellería incide así en que el juez solo tuvo en cuenta el informe de la parte denunciante y no los demás, por lo que apelará la sentencia.

El Ejecutivo gallego además señala que esta resolución judicial “no entra a discernir en el informe pericial lo que puede ser una deficiencia de ejecución, fallos de mantenimiento o peticiones de calidades diferentes a las del proyecto de ejecución”. Es decir, la Xunta afirma que pueden haber otras causas en el mal estado de las alrededor de 200 viviendas de protección que construyó en Mesón da Auga, ocupadas a partir de 2008, además de defectos de construcción.

Xestur entiende que una parte del informe pericial sobre el estado de estos edificios se refiere a “calidades distintas de las proyectadas inicialmente” mientras que otras son “defectos de obra no acreditados”, por lo que ve motivos suficientes para apelar al considerar que no se tuvieron en cuenta en el juicio todas estas cuestiones.

La consellería también recuerda que otras sentencias dictadas en relación a esta urbanización, concretamente sobre las viviendas unifamiliares, no las colectivas, “fueron estimadas solo parcialmente” y en el caso de uno de los edificios colectivos, de pisos, la demanda por daños y perjuicios fue desestimada.