La Valedora insta a atajar las barreras para usuarios de asociaciones del centro A Escada

El edificio, que cede su primera planta a entidades desde hace diez años, carece de ascensor | La ley ordena garantizar la accesibilidad de los inmuebles públicos, recuerda la institución

Escaleras del centro asociativo A Escada.

Escaleras del centro asociativo A Escada. / LA OPINIÓN

La Valedora do Pobo, en una actuación iniciada de oficio, ha constatado que el edificio municipal A Escada, en el que se ubican el centro ocupacional del mismo nombre y el Centro Municipal Asociativo (CMA) —creado en 2014 y que sirve de espacio de trabajo a varias entidades de personas con diversidad funcional o enfermas de distintas patologías— no es accesible. La construcción, catalogada por Patrimonio y en la que se ubicaban las antiguas oficinas de la fábrica de la Cross, no tiene ascensor. El ente autonómico recuerda al Concello de Culleredo que la ley dicta que los edificios públicos, en especial si la titularidad es pública también, deben ser accesibles y, en su caso, deben realizarse “adaptaciones razonables”, “especialmente si tenemos en cuenta que la actividad que se desarrolla es la señalada”. El Ayuntamiento, en un informe técnico, alega que se proyectó ofrecer un inmueble que permanecía sin uso como espacio de trabajo para las entidades, no para la atención personal a usuarios, y asegura que coincide en que debe hacerse accesible y esa es su intención.

“Llevamos diez años esperando que se ponga un ascensor. Es un primero muy alto, hay que subir muchas escaleras”, comentan desde las entidades con despachos en el inmueble. Usuarios en silla de ruedas, con muletas o con problemas de movilidad a consecuencia de un ictus figuran entre los cientos de personas que solicitan asistencia a las asociaciones con sede en A Escada.

En respuesta a un escrito de la Valedora de junio de 2023, la jefa del servicio de Benestar Social apunta que la planta baja es “totalmente accesible, tanto a nivel interno como externo”, y admite que la primera no. Argumenta que el objeto de las instalaciones era ofertar “un espacio de trabajo a los profesionales y juntas directivas de las entidades sociosanitarias del concello, sin pretender que fueran espacios de atención directa a personas usuarias de sus servicios”. “Conscientes técnicamente desde el inicio de la andadura del centro de que este no reunía las condiciones de accesibilidad, nunca se pretendió ni publicitó que allí se dieran servicios de atención personal, pero sí se dejó al criterio de cada entidad la valoración de a quién podían recibir y a quién no”, alega la jefa de servicio y afirma que algunas entidades “se han ido haciendo con otros locales para este fin”.

Desde 2016, asegura, las propuestas de inversiones para el área elevadas a las concejalías competentes —Servicios Sociales y Hacienda— han incluido “siempre” la solicitud de consignación presupuestaria para un ascensor. Apunta que no se solicitaron fondos para adaptar los baños y demás elementos ya que “carecía de sentido” mientras no se ponga un ascensor que permita subir a personas con movilidad reducida.

La Valedora sostiene que “no es determinante” que el uso del recinto no sea de atención personal y apunta que las juntas directivas y los profesionales a los que se dirige la oferta de espacios, según el informe municipal, pueden ser también personas con discapacidad. Recuerda la Constitución Española obliga a integrar a las personas con discapacidad y que la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad obliga a los estados a ejecutar las medidas necesarias.

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