Fin a la polémica sobre el descanso de media mañana: la Sala de lo Social aclara si se trata de tiempo efectivo de trabajo

Fin a la polémica sobre el descanso de media mañana

Fin a la polémica sobre el descanso de media mañana / PEXELS

R. A. C.

El Tribunal Supremo ha confirmado a través de su última sentencia algo que los trabajadores reclamaban desde hace mucho tiempo. Tras una disputa entre CaixaBank y los sindicatos, la Sala de lo Social ha dictaminado su sentencia.

De esta forma, la Sala de lo Social estima los recursos de los sindicatos contra la decisión de CaixaBank de querer que el registro de la jornada sea lo más fiel posible a la jornada de trabajo. La entidad bancaria exigía que los minutos después de haber entrado al puesto laboral no se pueden considerar como trabajados.

Finalmente, el Supremo ha dado la razón a los trabajadores y, a partir de ahora, el tiempo de desayuno, así como los 15 minutos de cortesía desde que empieza la jornada hasta que ficha su llegada, serán considerados tiempo efectivo de trabajo.

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El descanso para el café es considerado tiempo de trabajo efectivo

El descanso para el café es considerado tiempo de trabajo efectivo / PEXELS

Los jueces del Tribunal Supremo han estudiado el caso concreto de CaixaBank. Los sindicatos exigían que el descanso del desayuno, siempre que no superase los 20 miuntos de duración, debe ser considerado tiempo efectivo de trabajo. También esos 15 minutos desde que empiece la jornada de trabajo hasta la hora de fichar.

En una Guía de registro horario publicada por CaixaBank en 2019, se explicaba que "no se computa como tiempo efectivo la pausa para el desayuno, salvo que se haya dedicado a tareas profesionales o comerciales".

Además, cuando el empleado llegase a la oficina, "el sistema grabará la hora real indicada en el ordenador". Esto quiere decir que si un trabajador ficha 5 minutos más tarde, esa era la hora real de inicio de la jornada, y no la estipulada en el contrato.

Ahora, la Sala de lo Social respalda a los sindicatos representantes de los trabajadores: tanto el desayuno como esos 15 minutos de cortesía entre que el empleado llega y ficha, son tiempos efectivos de trabajo.