La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha dado la razón a la Diputación y rechazado el recurso de Ferroatlántica contra las liquidaciones del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) de los ejercicios 2009 a 2013. El TSXG confirma la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de A Coruña que rechazaba el recurso de la empresa de Sabón contra la resolución del presidente de la Diputación en noviembre de 2014.

El conflicto judicial parte de una investigaciones iniciadas en el mes de julio de 2012 por el servicio de inspección tributaria de la Diputación da Coruña, que concluyó que el epígrafe declarado por Ferroatlántica (siderurgia integral) no coincidía con el propuesto por la inspección (fabricación de productos químicos inorgánicos, excepto gases comprimidos) y que los elementos tributarios como la potencia instalada y superficie computables no coincidían con los comprobados". La Diputación aprobó la propuesta de los inspectores de cambiar de epígrafe, modificar los elementos tributarios y las liquidaciones que resultaban de dicha regularización. Ferroaltántica recurrió judicialmente la resolución judicial, pero sin éxito. El Superior ha ratificado ahora la sentencia de primera instancia que avalaba el cambio aprobado por el Gobierno provincial y, en contra de lo argumentado por la empresa, confirma que la gestión censal del impuesto corresponde a las Diputación.