El Superior obliga al Ayuntamiento a facilitar información sobre las comisiones de servicio

Una sentencia judicial de 2022 estimó un recurso de la CIG contra la denegación de acceso a datos sobre nombramientos y el alto tribunal, tras una apelación municipal, mantiene el derecho del sindicato a disponer de esa información

Redacción

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) emitió a finales del mes de junio una sentencia a un recurso presentado por el Concello que estima parte de su apelación, pero mantiene la obligación municipal de facilitar al sindicato CIG información relacionada con las comisiones de servicio del Ayuntamiento.

Esta central sindical había recurrido en el juzgado de lo contencioso-administrativo contra la administración local a comienzos del año pasado una desestimación, por silencio administrativo, de la solicitud de recibir información sobre “cualquier cambio en la situación administrativa de personal”, como traslados, adscripciones provisionales o comisiones de servicio. El juzgado estimó el recurso de la CIG y el Concello apeló ante el TSXG.

Ahora la resolución del alto tribunal gallego revoca la sentencia apelada suprimiendo solo la obligación de entrega al sindicato de la información referente a cambios en la situación administrativa del personal municipal “dentro de los diferentes puestos de trabajo en que medie modificación de la situación administrativa y no haya sido publicado”, situación en la que “será suficiente la referencia a su publicación”.

El resto de reclamaciones de información pedidas por la CIG no han sido estimadas por el Tribunal Superior, por lo que obliga al Concello, como dictaba el fallo del juzgado en febrero del año pasado, a proporcionar la siguiente información: “todas las resoluciones dictadas en todos los nombramientos de funcionarios en comisiones de servicio desde el 24 de junio de 2019 de las que no se hubiera informado; las motivaciones de urgencia e inaplazable necesidad para cubrir esos puestos en comisión de servicios; los criterios utilizados para la selección de los aspirantes a los puestos en comisión de servicios; y las valoraciones que dieron a los distintos nombramientos”.

La CIG ha comentado en su página web que ahora el Concello, tras “dos años entre la solicitud [de información] y la obligación”, aunque ha cambiado de Gobierno local pero “coincide la responsabilidad de personal en la misma persona”, en referencia al concejal José Manuel Lage, “va a tener que explicar todos los procesos que dieron lugar a los nombramientos, incluidos tres que formaban parte de su organigrama y que ya estaban ocupados” cuando comenzó el primera mandato socialista de Inés Rey: personal, contratación e interior.

Las dos partes del litigio, Concello y CIG, pueden apelar la sentencia del TSXG con un recurso de casación en el Tribunal Supremo.

Recurso por las jefaturas

La CIG también presentó el mes pasado otro recurso en el juzgado contra la desestimación por el Concello, mediante silencio administrativo, de revocar 16 nombramientos en sendas jefaturas de servicio, después de que el concurso municipal para cubrir esos puestos estuviese paralizado desde hace cuatro años. Fue una sentencia del Tribunal Superior de Galicia la que anuló 152 comisiones de servicio aprobadas por el Concello para la cobertura de diferentes puestos por haber superado los dos años establecidos como duración máxima.